ENTIDADES FINANCIERAS DE NATURALEZA ÚNICA Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas Aclaración a la Resolución número 031 de 2010 - 31 de Diciembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 238608311

ENTIDADES FINANCIERAS DE NATURALEZA ÚNICA Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas Aclaración a la Resolución número 031 de 2010

EmisorEntidades Financieras De Naturaleza Unica
Número de Boletín47939

s Propios Nombre de las organizaciones y inanciamiento (en US $___________________ millones) Deuda - Largo Plazo Nombre de las organizaciones y inanciamiento (en US $___________________ millones) Deuda - Corto Plazo Nombre de las organizaciones y inanciamiento (en US $___________________ millones) Buscando inanciacion (especiicar de que US $___________________ (millones) tipo) Contribucion MDL buscada US $___________________ (millones) Precio Indicativo de CER (US $ / Ton CO2 equiv) ¿Existe un acuerdo de compraventa de reduccion de emisiones de GEI? (SI/NO) Valor Total del Acuerdo de Compra de Reduccion de Emisiones (ERP

  1. Proyectos de reduccion por fuentes Un periodo hasta el 2012 (in del primer US $ ___________________ millones periodo de presupuesto) Durante 5 años (2008-2012) US $ ___________________ millones Durante 10 años US $ ___________________ millones Durante 7 años US $ ___________________ millones Durante 14 años (2 * 7 años) US $ ___________________ millones Durante 21 años (3 * 7 años) US $ ___________________ millones Valor Total del Acuerdo de Compra de Reduccion de Emisiones (ERPA) Proyectos de reduccion por sumideros Un periodo hasta el 2012 (in del primer US $ ___________________ millones periodo de presupuesto) Durante 5 años (2008-2012) US $ ___________________ millones Durante 20 años US $ ___________________ millones Durante 30 años US $ ___________________ millones Durante 40 años (2 * 20 años) US $ ___________________ millones Durante 60 años (3 * 20 años) US $ ___________________ millones Tasa de Cambio Utilizada (US $/COL $) ¿Autoriza difundir la informacion contenida en este formato a potenciales compradores y/o inversionistas en MDL? SI NO (C. F.).

dePartaMento nacional de Planeacion RESOLUCION NUMERO 2327 DE 2010 El Director General del Departamento Nacional de Planeacion, en uso de sus facultades legales, en especial las que le coniere el articulo 78 de la Ley 1365 de 2009, y el numeral 16 del articulo 7° del Decreto 3517 de 2009, y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el articulo 3° de la Ley 141 de 1994, adicionado por el articulo 25 de la Ley 756 de 2002, la Comision Nacional de Regalias puede disponer de hasta el 1% de las participaciones de las regalias y compensaciones de los entes beneiciarios con el objeto de contratar la interventoria inanciera y administrativa para vigilar la correcta utilizacion de los recursos de regalias y compensaciones.

Que mediante Decreto 149 de 2004, se ordeno la supresion y liquidacion de la Unidad Administrativa Especial - Comision Nacional de Regalias, y posteriormente mediante el Decreto 071 de 2005, se prorrogo el plazo para su liquidacion hasta el 30 de junio de 2005. En virtud de lo anterior, a partir del 1° de julio de 2005, el Departamento Nacional de Planeacion asumio las obligaciones y derechos de la liquidada Comision Nacional de Regalias.

Que el articulo 52 del Decreto 195 de 2004, "por el cual se modiica la estructura del Departamento Nacional de Planeacion", en concordancia con lo establecido en el articulo 20 del Decreto 149 de 2004, dispuso que todas las referencias que hagan las disposiciones legales vigentes a la Comision Nacional de Regalias se entenderan referidas, en lo pertinente, al Departamento Nacional de Planeacion.

Que el numeral 16 del articulo 7° del Decreto 3517 de 2009, le asigno al Director del Departamento Nacional de Planeacion la funcion de dirigir y coordinar las politicas de inversion referentes al control y la vigilancia de la correcta utilizacion de los recursos provenientes de regalias y compensaciones causadas por la explotacion de recursos naturales no renovables de propiedad del Estado.

Que los recursos provenientes de las regalias, que son destinados para la labor de interventoria administrativa y inanciera, son administrados por el Ministerio de Hacienda y Credito Publico y se reciben en cuenta corriente bancaria a nombre de la Direccion del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico.

Viernes, 31 de diciembre de 2010 25 Que los entes recaudadores consignaron entre las vigencias 2000 y 2009, por concepto del descuento aplicado a los recursos de regalias y compensaciones para la Interventoria Administrativa y Financiera, la suma de $252.003.346.392, los cuales fueron invertidos en el portafolio administrado por la Direccion del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico.

Que la suma de $2.339.553.050 corresponde al descuento del uno por ciento (1%) aplicado a proyectos aprobados por el Consejo de Asesor de Regalias inanciados con recursos de regalias directas administrados por el Fondo Nacional de Regalias.

Que los anteriores recursos han generado Rendimientos Financieros por la suma de $38.390.856.477, hasta el mes de octubre de 2010.

Que la liquidada UAE-Comision Nacional de Regalias y el Departamento Nacional de Planeacion durante las vigencias 2000 a 2008, dispusieron de la suma de $122.578.000.000, para adelantar la labor de Interventoria Administrativa y Financiera a las regalias y compensaciones, a traves del Convenio COL/99/030 suscrito con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD.

Que la liquidada UAE-Comision Nacional de Regalias, de acuerdo con los extractos bancarios de la cuenta bancaria destinada para el recaudo de recursos para Interventoria Administrativa y Financiera - Regalias Directas realizo debitos por un monto de $889.357.778 durante las vigencias 2001 y 2002.

Que el Articulo 78 de la Ley 1365 de 2009 "Por la cual se Decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia iscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010", establece que los recursos a que hace mencion el paragrafo 4 del articulo 3° de la Ley 141 de 1994, adicionado por el articulo 25 de la Ley 756 de 2002, una vez cerradas las labores de interventoria Administrativa y Financiera y que no hayan sido objeto de apropiacion, y/o compromiso y/o utilizacion para el in que fueron descontados al igual que sus rendimientos inancieros generados, se devolveran a las entidades...

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