DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Decreto número 4556 de 2010 por el cual se hace una designación en el empleo de Comisionado de la Comisión Nacional del Servicio Civil. - 7 de Diciembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 232476015

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Decreto número 4556 de 2010 por el cual se hace una designación en el empleo de Comisionado de la Comisión Nacional del Servicio Civil.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín47916

del desarrollo del Plan;

  1. Activar las redes de comunicaciones que sean necesarias;

  2. Activar las acciones necesarias de logistica. Articulo 4°. Las entidades publicas y privadas integrantes del Sistema Nacional la Prevencion y Atencion de Desastres, y las entidades publicas del orden nacional caracter inanciero, de acuerdo con su naturaleza y desde sus ambitos de competencia los lineamientos generales trazados por el Comite Tecnico Nacional, deberan participar en la ejecucion de las labores tendientes a atender, rehabilitar y recuperar la zona afectada. Para lo cual deberan designar un funcionario del mas alto nivel con respaldo institucional, quien estara al frente del cumplimiento de las acciones que le compete a su entidad en el Plan de Accion. Articulo 5°. Para los efectos del presente decreto se entenderan como personas damniicadas o afectadas por el desastre, aquellas que se encuentren en los Censos de afectados elaborados por los Comites Locales de los municipios afectados, con el aval del respectivo Comite Regional y de una entidad operativa del Sistema Nacional para la Prevencion Atencion de Desastres. Articulo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacion. Publiquese y cumplase.

Dado en Bogota D. C., a 7 de diciembre de 2010.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERON.

El Ministro del Interior y de Justicia, German Vargas Lleras.

DECRETO NUMERO 4580 DE 2010 El Presidente de la Republica de Colombia, en uso de las facultades que le coniere el articulo 215 de la Constitucion Politica y en desarrollo de lo previsto en la Ley 137 de 1994 y CONSIDERANDO:

Que en los terminos del articulo 215 de la Constitucion Politica de Colombia, el Presidente de la Republica con la irma de todos los ministros, en caso de que sobrevengan hechos distintos a los previstos en los articulos 212 y 213 de la Constitucion Politica, que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden economico, social y ecologico del pais, o que constituyan grave calamidad publica, podra declarar el estado de emergencia. Que segun la misma norma constitucional, una vez declarado el estado de emergencia, el Presidente, con la irma de todos los ministros, podra dictar decretos con fuerza de ley destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extension de sus efectos. Que estos decretos deberan referirse a materias que tengan relacion directa y especiica con el estado de emergencia, y podran, en forma transitoria, establecer nuevos tributos modiicar los existentes. Que en todo el territorio nacional han sobrevenido hechos constitutivos de grave lamidad publica. 1. Hechos sobrevinientes que constituyen grave calamidad publica: 1.1. Que el fenomeno de La Niña desatado en todo el pais, constituye un desastre natural de dimensiones extraordinarias e imprevisibles, el cual se agudizo en forma inusitada e irresistible en el mes de noviembre de 2010. 1.2. Que la magnitud de las precipitaciones inusitadas resulta extraordinaria e imprevisible, como lo demuestran los registros del Ideam. Estos registros indican que en los quince primeros dias del mes de noviembre llovio mas de lo que llueve en todo el mes. El nivel supero todos los registros historicos de precipitaciones para el mes de noviembre. 1.3. Que esta agudizacion inusitada e imprevisible del mes de noviembre de 2010, se sumo al hecho de que durante el segundo semestre del año la lluvia ya habia superado los niveles historicos registrados. Que segun informe presentado por el Ideam de fecha 6 de diciembre de 2010, el Fenomeno de la Niña 2010-2011 altero el clima nacional desde el comienzo de su formacion en el mes de junio de este año, ocasionando en los meses de julio y noviembre las lluvias mas intensas y abundantes nunca antes registradas en el pais, en las regiones Caribe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR