El Juzgado Promiscuo de Familia de Girardota, Antioquia, avisa que decretó la interdicción provisoria de Simón Israel Castrillón Campuzano - 6 de Septiembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51310976

El Juzgado Promiscuo de Familia de Girardota, Antioquia, avisa que decretó la interdicción provisoria de Simón Israel Castrillón Campuzano

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Territorial Putumayo
Número de Boletín46743

Ciudad Bolivar, Antioquia, EMPLAZA:

Al señor Aicardo de Jesus Lopez, para que dentro de los quince (15) dias siguientes a la publicacion del presente edicto, comparezca por sI o por intermedio de apoderado, a recibir notificacion personal del auto dictado el 21 de abril de 2005, mediante el cual se admitio la demanda de Muerte Presunta por Desaparecimiento, promovida con relacion a el, por la señora Lucelly Montoya Tamayo, ya que de lo contrario se le designara Curador Ad-Litem que lo represente en el proceso hasta su terminacion.

ExTRACTO DE LA DEMANDA:

Los señores Aicardo de Jesus Lopez y Lucelly Montoya Tamayo, fueron conyuges entre si. El señor Lopez tuvo su domicilio permanente y asiento principal de sus negocios en el municipio de Salgar, Antioquia, hasta el dia 13 de febrero de 2002, fecha en la cual se ausento al parecer definitivamente, sin que al momento se tenga noticia alguna de su paradero, a pesar de las constante diligencias investigativas, oficiales y particulares que se han realizado.

Se previene a quien tenga informacion sobre su paradero para que lo comunique a este Despacho.

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 318 del Codigo de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto, hoy cuatro (4) de mayo de dos mil cinco (2005).

La Secretaria, Bertha Ligia Marin Ramos.

Consulte nuestros servicios atencion_cliente@imprenta gov.co El Juzgado Primero de Familia de Bello, Antioquia, AVISA:

Que en el proceso de jurisdiccion voluntaria (muerte presunta por desaparecimiento), presentado por la señora Luz Amanda Sanchez de Ortiz, se dicto sentencia, que en su parte pertinente dice...

Juzgado Primero de Familia. Bello, marzo veinte (20) de dos mil siete...

"Por lo expuesto el Juzgado Primero de Familia de Bello, Antioquia, administrando justicia en nombre de la Republica de Colombia y por autoridad de la ley, FALLA:

  1. Declarase la muerte presuntiva por desaparecimiento de Eddy Johanna Ortiz Sanchez, mayor de edad, identificada con la cedula de ciudadania numero 43258065 cuyo ultimo domicilio fue el municipio de Bello, Antioquia, hija de Carlos Antonio Ortiz Restrepo y Luz Amanda Sanchez Casno.

  2. Fijase como fecha de su muerte presuntiva, el dia once (11) de diciembre de dos mil tres (2003).

  3. Publiquense el encabezamiento y la parte resolutiva de esta providencia una vez ejecutoriada en el Diario...

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