Resolución número 3092 de 2009, por la cual se fija la cuantía para la liquidación de haberes, primas y viáticos para comisiones al exterior y se dictan otras disposiciones - 7 de Agosto de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 63601050

Resolución número 3092 de 2009, por la cual se fija la cuantía para la liquidación de haberes, primas y viáticos para comisiones al exterior y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín47434

El Comandante General de las Fuerzas Militares, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Defensa Nacional, en ejercicio de la facultad legal que le confiere el articulo 116 del Decreto-ley 1211 de 1990, en concordancia con los articulos 22 del Decreto 737 de 2009 y del Decreto 1854 de 2009, RESUELVE:

Articulo 1º Para los efectos previstos en el articulo 13 del Decreto 737 de 2009, en concor dancia con los articulos 74 y 86 del Decreto-ley 1211 de 1990;

67 y 79 del Decreto-ley 1212 de 1990;

29 y 37 del Decreto-ley 1213 de 1990;

  1. y 9º del Decreto 1091 de 1995;

41 y 42 del Decreto-ley 1791 de 2000;

83 y 84 (modificado por el articulo 21 de la Ley 1104 de 2006) del Decreto-ley 1790 de 2000, fijar como haberes para el personal de las Fuerzas Militares y la Policia Nacional que sea destinado en comision permanente al exterior, en dolares estadounidenses y a razon de un dolar por cada peso, los valores mensuales del sueldo basico, de la prima de Estado Mayor y de la prima de alojamiento, como se indica a continuacion: PRIMA DE ALOJAMIENTO TOTAL MENSUAL Personal casado, Personal PRIMA Personal Personal casado, con compañero(a) casado, con DE casado, con con compañero(a) SUELDO permanente compañero(a) GRADOS ESTADO compañero(a) permanente con o BASICO con o sin hijos, permanente, MAYOR permanente, soltsin hijos, soltero soltero con hijos, soltero, que ero, que NO viaje con hijos, que vique viajen con la NO viaje con la con la familia ajen con la familia familia familia OFICIALES GR - ALM 2.900 580 6.520 4.320 10.000 7.800 MG - VALM 2.650 530 5.820 3.720 9.000 6.900 BG - CALM 2.520 504 5.376 3.476 8.400 6.500 CR - CN 2.260 452 5.188 3.288 7.900 6.000 TC - CF 2.160 432 3.408 2.008 6.000 4.600 MY - CC 1.980 396 2.624 1.524 5.000 3.900 CT - TN 1.920 2.380 1.380 4.300 3.300 TE -TF 1.800 2.000 1.100 3.800 2.900 ST - TK 1.650 1.950 1.050 3.600 2.700 SUBOFICIALES SMCC - JTCC - 1.800 2.500 1.450 4.300 3.250 TJCC SMC- JTC- TJC 1.700 2.400 1.400 4.100 3.100 SM - JT - TJ 1.640 2.260 1.360 3.900 3.000 SP - SJ - TS 1.400 2.200 1.300 3.600 2.700 DIARIO OFICIAL Libertad y Orden I S S N 0122-2112 PRIMA DE ALOJAMIENTO TOTAL MENSUAL Personal casado, Personal PRIMA con compañero(a) Personal Personal casado, casado, con SUELDO DE permanente casado, con con compañero(a) compañero(a) GRADOS ESTADO compañero(a) permanente con o BASICO con o sin hijos, permanente, MAYOR soltero con hijos, permanente, soltsin hijos, soltero soltero, que ero, que NO viaje con hijos, que vique viajen con la NO viaje con la con la familia ajen con la familia familia familia SV - S1 - T1 1.210 1.890 1.190 3.100 2.400 SS - S1- T2 1.120 1.880 1.180 3.000 2.300 CP - S3 - T3 1.080 1.820 1.120 2.900 2.200 CS - MA - T4 1.070 1.730 1.030 2.800 2.100 C3 - MA2 - AT 1.060 1.700 1.020 2.750 2.080 AGENTES 1.020 1.680 980 2.700 2.000 NIVEL EJECUTIVO DE LA POLICIA NACIONAL Comisario 1.640 2.260 1.360 3.900 3.000 Subcomisario 1.400 2.200 1.300 3.600 2.700 Intendente Jefe 1.310 2.000 1.200 3.310 2.510 Intendente 1.210 1.890 1.190 3.100 2.400 Subintendente 1.120 1.880 1.180 3.000 2.300 Patrullero, Cara1.070 1.730 1.030 2.800 2.100 binero o InvestiParagrafo. De conformidad con lo establecido en el articulo 16 del Decreto 737 de 2009, fijar una partida diaria de treinta dolares estadounidenses (US$30), teniendo en cuenta el costo Oficiales, Suboficiales de las Fuerzas Militares y Policia Nacional, Agentes, miembros del Nivel Ejecutivo de la Policia Nacional y Empleados Publicos de las Fuerzas Militares, Ministerio de Defensa Nacional y Personal No Uniformado de la Policia Nacional, destinados en comisiones permanentes en el Reino de Belgica, Francia, Austria, Reino Unido, Israel, Corea, Rusia, España, China, Italia y Portugal.

Articulo 2º

De conformidad con lo establecido en los articulos 18 del Decreto 737 de 2009 y 36 del Decreto-ley 1214 de 1990, los empleados publicos del Ministerio de Defensa, Comando General, Comandos de Fuerza y personal no uniformado de la Policia Nacional que sean desti nados en comision permanente al exterior o en comision transitoria de estudios o de tratamiento medico al exterior, tendran derecho a percibir en dolares estadounidenses a razon de un dolar por cada peso, las cuantias mensuales que se indican a continuacion: GRADOS PERSONAL CIVIL HABERES MENSUALES Secretario General del Ministerio de Defensa 1-1-23 4.500 Viceministro 0020 4.450 Obispo Castrense 1-5 4.365 Vicario Castrense 1-5-1 4.345 Director del Sector Defensa 1-3-28 4.470 Director del Sector Defensa 1-3-27 4.465 Director del Sector Defensa 1-3-26 4.460 Director del Sector Defensa 1-3-25 4.455 Director del Sector Defensa 1-3-24 4.450 Director del Sector Defensa 1-3-23 4.445 Director del Sector Defensa 1-3-22 4.440 Director del Sector Defensa 1-3-21 4.435 Director del Sector Defensa 1-3-20 4.430 Director del Sector Defensa 1-3-19 4.425 Director del Sector Defensa 1-3-18 4.420 Director del Sector Defensa /Jefe Oficina Sector 1-4-15 4.405 Defensa Asesor 2-2-32 4.429 Asesor 2-2-30 4.422 Asesor 2-2-26 4.398 Asesor 2-2-24 4.390 2 D I A R I O OFICIAL Fundado el 30 de abril de 1864 Por el Presidente Manuel Murillo Toro Tarifa postal reducida No. 56 Directora : Maria Isabel restrepo Correa MiNiSterio DeL iNterior Y De JUSticia IMprenta naCIonal de ColoMbIa Maria Isabel restrepo Correa Gerente General Carrera 66 No 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogota, D. C. Colombia Conmutador: PBX 4578000.

e-mail: correspondencia@imprenta.gov.co GRADOS PERSONAL CIVIL HABERES MENSUALES Asesor 2-2-22 4.376 Asesor 2-2-19 4.360 Asesor 2-2-18 4.358 Asesor 2-2-14 4.339 Asesor 2-2-12 4.335 Asesor 2-2-10 4.333 Asesor 2-2-9 4.332 Asesor 2-2-8 4.331 Asesor 2-2-6 4.329 Asesor 2-2-4 4.327 Asesor 2-2-2 4.325 Profesional de Defensa 3-1-21 4.377 Profesional de Defensa 3-1-20 4.374 Profesional de Defensa 3-1-18 4.358 Profesional de Defensa 3-1-17 4.347 Profesional de Defensa 3-1-16 4.339 Profesional de Defensa 3-1-14 4.333 Profesional de Defensa 3-1-12 4.331 Profesional de Defensa 3-1-11 4.330 Profesional de Defensa 3-1-10 4.329 Profesional de Defensa 3-1-8 4.327 Profesional de Defensa 3-1-7 4.326 Profesional de Defensa 3-1-6 4.325 Profesional de Defensa 3-1-5 4.324 Profesional de Defensa 3-1-4 4.323 Profesional de Defensa 3-1-3 4.322 Profesional de Defensa 3-1-2 4.321 Profesional de Defensa 3-1-1 4.320 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-20 4.327 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-18 4.325 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-17 4.324 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-16 4.323 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-14 4.321 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-13 4.320 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-12 4.319 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-11 4.318 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-10 4.317 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-9 4.316 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-8 4.315 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-7 4.314 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-6 4.313 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-5 4.312 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-4 4.311 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-3 4.310 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-2 4.309 Orientador de Defensa o Espiritual 4-1-1 4.308 Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-33 4.332 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-32 4.331 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-30 4.329 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-28 4.327 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-26 4.325 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-24 4.323 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-22 4.321 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia GRADOS PERSONAL CIVIL HABERES MENSUALES Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-21 4.320 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-20 4.319 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-19 4.318 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-18 4.317 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-17 4.316 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-14 4.315 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-12 4.314 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-11 4.313 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-9 4.312 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-8 4.311 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-7 4.310 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-6 4.309 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-5 4.308 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-4 4.307 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteliqencia Tecnico para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 5-1-1 4.304 Tecnico de Servicios/Tecnico de Inteligencia Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa/ 6-1-33 4.329 Auxiliar de Servicios/Auxiliar de...

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