Resolución número 000063 de 2014, por la cual se habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y cambiarias correspondientes al año 2014 - 28 de Febrero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 495536850

Resolución número 000063 de 2014, por la cual se habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y cambiarias correspondientes al año 2014

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín49078

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 12 del artículo del Decreto 4048 de 2008 y los artículos , 120, 202, 206, 215, 222, 240, 323 y 429 del Decreto 2685 de 1999, el artículo 26 del Decreto 19 de 2012, el artículo 82 de la Resolución Externa número 8 de 2000, modificado por el artículo 2º de la Resolución Externa número 6 de 2004, modificado a su vez por el artículo 5º de la Resolución Externa número 3 de 2013, y por el artículo 1º de la Resolución 7 de 2013 de la Junta Directiva del Banco de la República, así como el artículo 4º de la Ley 962 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Decreto 2685 de 1999, las declaraciones de importación, exportación y tránsito aduanero deberán presentarse en los formularios oficiales que para el efecto determine la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, a través de medios electrónicos o magnéticos, o, en circunstancias especiales, mediante la presentación de declaraciones utilizando formularios habilitados para el efecto.

Que de conformidad con lo establecido por el inciso primero del artículo 82 de la Resolución Externa número 8 de 2000, modificado por el artículo 5º de la Resolución Externa número 3 de 2013 de la Junta Directiva del Banco de la República, los viajeros que entren o salgan del país con divisas o moneda legal colombiana en efectivo por un monto superior a diez mil dólares de los estados Unidos de América (US$10.000), o su equivalente en otras monedas, deben declarar ante la autoridad aduanera tales operaciones en el formulario que esta establezca.

Que atendiendo lo anterior, se hace necesario establecer los formularios que...

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