Resolución número 00005782 de 2013, por la cual se establece fecha para hacer exigible a los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC), el sistema de Control y Vigilancia de que trata la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 - 19 de Junio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 442219090

Resolución número 00005782 de 2013, por la cual se establece fecha para hacer exigible a los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC), el sistema de Control y Vigilancia de que trata la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Puertos y Transportes
Número de Boletín48826

El Superintendente de Puertos y Transporte, en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confieren los artículos 41, 42 y 44 del Decreto 101 del 2000, los numerales 11, 12 y 16 del artículo 12 del Decreto 1016 de 2000, modificados por el artículo 8º del Decreto 2741 de 2001, Ley 1a de 1991, Ley 105 de 1993, Ley 336 de 1996, parágrafo del artículo 89 de la Ley 1450 de 2011, y

CONSIDERANDO:

De conformidad con el artículo 41 del Decreto 101 de 2000, modificado por el Decreto 2741 de 2001 se delega en la Superintendencia de Puertos y Transporte "Supertransporte", la función de inspeccionar, vigilar y controlar la aplicación y el cumplimiento de las normas que rigen el sistema de tránsito y transporte.

Acorde con lo preceptuado en el parágrafo 3º del artículo de la Ley 769 de 2002 la Superintendencia de Puertos y Transporte tiene la función de vigilar y controlar a "Las autoridades, los organismos de tránsito, las entidades públicas o privadas que constituyan organismos de apoyo" .

La Ley 769 de 2002 establece como principios rectores del Tránsito Terrestre a nivel nacional "la seguridad de los usuarios, la calidad, la oportunidad, el cubrimiento, la libertad de acceso, la plena identificación, la libre circulación, la educación y la descentralización", preceptos conforme a los cuales se identifican las actividades que deben desarrollarse en los Centros de Reconocimiento de Conductores.

De acuerdo a los requisitos establecidos en el artículo 19 de la Ley 769 de 2002 (modificado por el artículo 5º de la Ley 1383 de 2010, modificado por el artículo 3º de la Ley 1397 de 2010 y por el artículo 196 del Decreto-ley 019 de 2012), para la obtención de la licencia de conducción para vehículos automotores se requiere:

"e) Presentar certificado de aptitudfísica, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por una Institución...

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