Resolución número 00565 de 2009, por medio de la cual se delega al Director Territorial Sucre la facultad de celebrar los contratos inherentes al funcionamiento de la departamental Nuestra Señora de la Misericordia de Magangué ubicada en el municipio de Magangué Bolívar. - 28 de Marzo de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 55708711

Resolución número 00565 de 2009, por medio de la cual se delega al Director Territorial Sucre la facultad de celebrar los contratos inherentes al funcionamiento de la departamental Nuestra Señora de la Misericordia de Magangué ubicada en el municipio de Magangué Bolívar.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47305

El Director General de la Caja de Prevision Social de Comunicaciones Caprecom, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las conferidas por numerales 1, 23 y 30 del articulo 21 del acuerdo 24 de 1996, proferido por la Junta Directiva de la Entidad y aprobado por el Decreto 456 de 1997, en concordancia con el acuerdo 008 del 4 de septiembre de 2003 tambien de la Junta Directiva, y CONSIDERANDO:

Que el Director General como representante legal tiene en la entidad la atribucion de celebrar contratos, segun lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 21 del Acuerdo 024 de 1996, expedido por la Junta Directiva y aprobado por el Decreto 456 de 1997. Que conforme al numeral 23 del mismo precepto, el Director General tambien tiene la facultad de "Ordenar y reconocer los gastos y los pagos de Caprecom, dentro de un programa que garantice el cumplimiento de los compromisos de la Empresa de manera ordenada y ajustada a los flujos de caja, y delegar esta funcion de acuerdo con las normas legales vigentes".

Que igualmente el Director General, segun el numeral 30 del citado articulo 21, esta facultado para "Delegar en los servidores publicos de Caprecom, las funciones propias de su cargo, cuando lo requieran las necesidades del servicio".

Que el articulo IV de la Ley 489 de 1998, establece que: "La funcion administrativa del Estado busca la satisfaccion de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitucion Politica...".

Que en virtud del inciso 2°, del articulo , de la Ley 489 de 1998, en las entidades publicas su representante legal puede: "... delegar la atencion y decision de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos organicos respectivos, en los empleados publicos de los niveles directivos y asesor vinculados al organismo correspondiente con el proposito de dar desarrollo a los principios de la funcion administrativa enunciados en el articulo 209 de la Constitucion Politica y en la presente ley". Que los Directores Regionales son funcionarios que pertenecen al nivel Directivo de Caprecom. Que en el articulo 1º de la Resolucion numero 00935 del 2 de mayo de 2008, publicada en el Diario Oficial 46.989 del 14 de mayo de 2008, se delego la facultad de celebrar contratos con estricto cumplimiento de las disposiciones legales sobre...

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