Instrucción administrativa número 07 de 2018 - 20 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 743449993

Instrucción administrativa número 07 de 2018

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro
Número de Boletín50752

DE: SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO

PARA: CURADORES URBANOS, NOTARIOS Y REGISTRADORES DE

INSTRUMENTOS PÚBLICOS DEL PAÍS ASUNTO: PROCEDIMIENTO PARA VALIDACIÓN DE LICENCIAS

URBANÍSTICAS EN ACTOS SUJETOS A REGISTRO QUE AFECTEN UNIDADES INMOBILIARIAS.

FECHA: 12 de marzo de 2018

Respetados Curadores Urbanos, Notarios y Registradores de Instrumentos Públicos:

En cumplimiento de las funciones asignadas a la Superintendencia de Notariado y Registro, como es la inspección, vigilancia y control en la prestación de los servicios que ofrecen los Curadores Urbanos, Notarías y Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, para su conocimiento el Despacho del Superintendente de Notariado y Registro, imparte instrucciones en relación con el procedimiento que se debe surtir al momento de la autorización de actos jurídicos que requieran el trámite de licenciamiento urbano previo, protocolización e inscripción en el registro.

Lo anterior, teniendo en cuenta que en ejercicio de las funciones precitadas, en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos se están radicando escrituras para realizar mutaciones de unidades inmobiliarias, con licencias que no han sido expedidas por las autoridades competentes.

Así las cosas, en aras de materializar los fines del Estado consagrados en el artículo 2º de la Constitución Política de Colombia, de proteger a todas las personas residentes en el país, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares, se hace necesario, con el fin de evitar que se registren instrumentos públicos soportados en actos administrativos inexistentes, establecer el siguiente procedimiento de verificación:

  1. ÁMBITO DE APLICACIÓN

    Lo consignado en la presente instrucción procederá ante los siguientes actos expedidos por los curadores urbanos:

    1. Licencia de construcción

      1. Obra nueva

      2. Ampliación

      3. Modificación

    2. Licencia subdivisión y sus modalidades

      1. Subdivisión urbana

      2. Subdivisión rural

      3. Reloteo

    3. Licencia de urbanización y sus modalidades

      1. Desarrollo

      2. Reurbanización

      3. Saneamiento

    4. Licencia de parcelación

    5. Acto de Reconocimiento de existencia de edificaciones

    6. Aprobación de los planos de propiedad horizontal

    7. Modificación de planes urbanísticos

  2. PROCEDIMIENTO PARA LA VALIDACIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.

    1. Curadores urbanos

      Realizar la publicación en un link en su página web y de fácil acceso, de todas las...

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