Decreto número 173 de 1998, por el cual se adopta el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia. - 26 de Enero de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59760749

Decreto número 173 de 1998, por el cual se adopta el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia.

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín43225

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 9º de la Ley 387 de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9º de la Ley 387 de 1997, corresponde al Gobierno Nacional diseñar y adoptar mediante decreto, previa aprobación por el Consejo Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia;

Que en sesión de enero 8 de 1998, el Consejo Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia impartió su aprobación al Plan Nacional a que se refiere el considerando anterior;

Que se hace necesario adoptar el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, el cual consta de dos partes, la primera de las cuales contiene la presentación, diagnóstico y marco político y legal del plan y, la segunda parte, determina los objetivos y acciones concretas que habrán de desarrollarse para el logro de aquéllos;

Que forman parte del Plan los Protocolos de Atención para los Desplazados, al igual que los recursos que se encuentren asignados dentro del presupuesto para la vigencia de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º Adóptase el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, en todas sus partes, con los protocolos y los recursos que se encuentren asignados dentro del presupuesto para la vigencia de 1998.

El texto de los objetivos y acciones concretas que conforman el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia es el siguiente:

"Plan Nacional de Atención Integral a la Población

Desplazada por la Violencia

El presente plan, cuyo propósito fundamental es articular la acción gubernamental en el orden nacional y territorial, formula, en el marco de los principios y objetivos definidos por la Ley 387, las acciones que el Gobierno Nacional ejecutará en materia de prevención del desplazamiento, de atención humanitaria de emergencia y de consolidación y estabilización socioeconómica en la perspectiva del retorno voluntario o la reubicación de la población desplazada por la violencia. Así mismo, determina las entidades responsables en las distintas estrategias de intervención.

  1. Objetivos del Plan Nacional

    Según la Ley 387, los objetivos serán los siguientes:

  2. Elaborar diagnósticos de las causas y agentes que generan el desplazamiento por la violencia, de las zonas del territorio nacional donde se producen los mayores flujos de población, de las zonas receptoras, de las personas y comunidades que son víctimas de esta situación y de las consecuencias sociales, económicas, jurídicas y políticas que ello genere.

  3. Diseñar y adoptar medidas sociales, económicas, jurídicas, políticas y de seguridad, orientadas a la prevención y superación de las causas que generan el desplazamiento forzado.

  4. Adoptar medidas de atención humanitaria de emergencia a la población desplazada, con el fin de asegurarle su protección y las condiciones necesarias para la subsistencia y la adaptación a la nueva situación.

  5. Crear y aplicar mecanismos que brinden asistencia legal y jurídica a la población desplazada para garantizar la investigación de los hechos, la restitución de los derechos vulnerados y la defensa de los bienes afectados.

  6. Diseñar y adoptar medidas que garanticen a la población desplazada su acceso a planes, programas y proyectos integrales de desarrollo urbano y rural, ofreciéndole los medios necesarios para que cree sus propias formas de subsistencia, de tal manera que su reincorporación a la vida social, laboral y cultural del país, se realice evitando procesos de segregación o estigmatización sociales.

  7. Brindar atención especial a las mujeres y niños, preferencialmente a las viudas, mujeres cabeza de familia y huérfanos.

  8. Adoptar las medidas necesarias que posibiliten el retorno voluntario de la población desplazada a su zona de origen o su reubicación en nuevas zonas de asentamiento.

  9. Garantizar atención especial a las comunidades negras e indígenas sometidas al desplazamiento en correspondencia con sus usos y costumbres, y propiciando el retorno a sus territorios, y

  10. Las demás acciones que el Consejo Nacional considere necesarias".

    Para efectos de la ejecución de este plan, se tendrán como criterios la participación de la comunidad, el tratamiento descentralizado, la coordinación del trabajo de planeación y ejecución entre las entidades del Estado, las ONG y los organismos internacionales que por competencia o mandato cooperen en la ejecución o ejecuten en el país acciones de atención a la población desplazada, el reconocimiento a la diversidad étnica, cultural y social, la equidad de género, la igualdad y la no discriminación, así como la concurrencia, complementariedad y subsidiaridad entre los tres niveles territoriales.

  11. Estrategias del Plan Nacional

    2.1 Estrategia de Prevención

    Comprende el conjunto de programas, proyectos y acciones que ejecutarán las entidades gubernamentales y estatales, en coordinación con los entes territoriales y la sociedad civil, con el propósito de desarticular o neutralizar la acción de los múltiples actores y procesos de violencia que generan el desplazamiento y presentar alternativas eficaces de protección a la vida, la integridad y libertad personales de la población civil respecto a las situaciones del conflicto armado y la violencia generalizada. El concepto de prevención también comprende la promoción de los derechos humanos y el DIH.

    Esta estrategia estará coordinada por la Dirección General Unidad Administrativa Especial para la Protección de los Derechos Humanos del Ministerio del Interior, con el apoyo de las Consejerías Presidenciales para los Desplazados y para los Derechos Humanos, el Programa Presidencial para la Defensa de la Libertad Personal, la Oficina del Alto Comisionado para la Paz de la Presidencia de la República, la Defensoría del Pueblo y los comités departamentales, municipales y distritales.

    Las acciones comprendidas en esta estrategia serán financiadas con recursos propios de cada entidad, del Fondo Nacional para la Atención a la Población Desplazada, del Fondo Nacional de Paz y de los entes territoriales.

    Comprende las siguientes líneas de acción y entidades responsables:

    2.1.1 Política

    Comprende acciones tendientes a propiciar una cultura preventiva del desplazamiento a través de los planes de desarrollo regional y local y de los programas sociales que las entidades nacionales ejecutan, con el propósito de lograr un desarrollo integral sostenible.

    Así mismo, comprende acciones tendientes a propiciar o fortalecer iniciativas ciudadanas o institucionales de paz, neutralidad activa frente al conflicto, convivencia democrática, cabildos por la paz, entre otras. En estos espacios la participación de las mujeres es fundamental para garantizar que sus necesidades sean tenidas en cuenta.

    También, se auspiciarán acciones que tiendan a desarrollar procesos de distensión entre las Partes del conflicto y posibiliten, mediante acuerdos especiales, poner en vigor la totalidad o parte de las disposiciones y normativas humanitarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º común a los Convenios de Ginebra de 1949, de tal manera que se garantice la protección de la población civil.

    Serán responsables de su diseño y ejecución la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, la Red de Solidaridad Social, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, la Oficina de Mujer Rural y la Dirección de Desarrollo Social del Ministerio de Agricultura, el Incora, la Caja Agraria, el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, y el Inurbe. La Defensoría del Pueblo se vinculará a estas acciones a partir de sus propios programas que desarrolla en cumplimiento de sus facultades constitucionales y legales.

    2.1.2 Comunicación

    Comprende acciones de difusión a través de los medios masivos de comunicación, las emisoras comunitarias, impresos, videos y otros medios alternativos, con el propósito de sensibilizar a las autoridades locales, líderes sociales y comunitarios, actores del conflicto y población civil en general, en relación con el respeto de los derechos humanos, la aplicación de las normas humanitarias y la problemática del desplazamiento forzado.

    Serán responsables de su diseño y ejecución la Oficina del Alto Comisionado para la Paz de la Presidencia de la República, la Oficina de Mujer Rural del Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Educación, la Cruz Roja Colombiana y la Comisión Nacional de Televisión. La Defensoría del Pueblo se vinculará a estas acciones a partir de sus propios programas de difusión.

    2.1.3 Pedagógica

    Comprende acciones de formación y capacitación a través del sistema de educación formal y no formal en derechos humanos, DIH, resolución democrática de conflictos, problemática del desplazamiento forzado, reconocimiento y respeto a la diferencia. Así mismo, comprende la realización de foros, talleres, mesas de trabajo, cabildos por la paz y la producción de material didáctico de apoyo, dirigidos a las autoridades civiles, militares y de policía, líderes sociales y comunitarios, actores del conflicto y población civil en general.

    Serán responsables de su diseño y ejecución el Ministerio de Educación, la Oficina del Alto Comisionado para la Paz de la Presidencia de la República, la Oficina de Mujer Rural del Ministerio de Agricultura y la Cruz Roja Colombiana. La Defensoría del Pueblo se vinculará a estas acciones a partir de sus propios programas.

    2.1.4 Investigación

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR