Resolución número 002538 de 2006, por la cual se transfiere a título gratuito al municipio de San Jerónimo, Antioquia, el derecho de propiedad de un bien denominado 'San Jerónimo', ubicado en el mismo municipio identificado con Matrícula Inmobiliaria número 029-0000911 y Cédula Catastral número 2-15-0656-00-028-004-000-0000 - 9 de Abril de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50412753

Resolución número 002538 de 2006, por la cual se transfiere a título gratuito al municipio de San Jerónimo, Antioquia, el derecho de propiedad de un bien denominado 'San Jerónimo', ubicado en el mismo municipio identificado con Matrícula Inmobiliaria número 029-0000911 y Cédula Catastral número 2-15-0656-00-028-004-000-0000

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín46594

El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario, "ICA", en uso de las facultades legales y en especial las consagradas en la Ley 708 de 2001 y el Decreto 724 de 2002, CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el articulo 8° de la Ley 708 de 2001, "Los bienes inmuebles fiscales de propiedad de las entidades publicas del orden nacional, de caracter no financiero que hagan parte de cualquiera de las Ramas del Poder Publico, asi como de los organos autonomos e independientes, que no tengan vocacion para la construccion de vivienda de interes social, y ademas que no lo requieren para el desarrollo de sus funciones y no se encuentren dentro de los planes de enajenacion onerosa que deberan tener las entidades, deben ser transferidos a titulo gratuito a otras entidades publicas conforme a sus necesidades, de acuerdo con el reglamento que expida el Gobierno Nacional, con excepcion de aquellos ocupados ilegalmente antes del 28 de julio de 1988 con vivienda de interes social, los cuales deberan ser cedidos a sus ocupantes, en virtud de lo establecido en el articulo 58 de la Ley 9ª de 1989";

Que el Decreto 724 de 2002, por medio del cual se reglamento el articulo 8° de la Ley 708 de 2001, dispone en su articulo 3° que: "Las entidades publicas interesadas en adquirir los inmuebles fiscales o la porcion de ellos, podran requerir su entrega a las entidades propietarias previa identificacion, cabida y linderos del inmueble. Para tal efecto, las entidades publicas propietarias procederan a la respectiva transferencia a titulo gratuito dentro de un termino maximo de tres (3) meses siguientes al requerimiento formulado por la entidad interesada, atendiendo la orden de recibo de la solicitud";

Que segun lo establecido en el paragrafo 1° del articulo de la Ley 708 de 2001, las transferencias a titulo gratuito que realicen las entidades publicas se llevaran a cabo por el procedimiento de enajenacion previsto en el articulo 1° ibidem, es decir, mediante resolucion administrativa expedida por la entidad propietaria del inmueble, y su tradicion se verificara mediante la inscripcion de dicho acto ante la Oficina de Registro de Instrumentos Publicos correspondiente;

Que el Instituto Colombiano Agropecuario, "ICA", es propietario del predio denominado "San Jeronimo", ubicado en el municipio de San Jeronimo, departamento de Antioquia, identificado con los Folios de Matriculas numero 0290000911 de conformidad con las Escrituras Publicas numero 0626 del 27 de abril de 1984, otorgada en la Notaria Veintiocho (28) del Circulo de Bogota...

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