Resolución número 019 de 2013, por la cual se decide una Actuación Administrativa y se determina la real situación jurídica de los inmuebles ubicados en el perímetro urbano de Barbosa (Sder), identificado (s) con la (s) Matrícula (s) Inmobiliaria (s) número (s) 324-46084, 324-49114 y 324-17001. Expediente: 324-A. A. 2012-2 - 26 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 438039970

Resolución número 019 de 2013, por la cual se decide una Actuación Administrativa y se determina la real situación jurídica de los inmuebles ubicados en el perímetro urbano de Barbosa (Sder), identificado (s) con la (s) Matrícula (s) Inmobiliaria (s) número (s) 324-46084, 324-49114 y 324-17001. Expediente: 324-A. A. 2012-2

Número de Boletín48802

La Registradora de Instrumentos Públicos de Vélez, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto número 2163 de 2011, Decreto número 01 de 1984 hoy Ley 1437 de enero 18 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) y Decreto número 1250/70 hoy la Ley 1579 de octubre 1º de 2012 procede a decidir la actuación Administrativa iniciada mediante Auto de fecha 18 de abril de 2012. Expediente 324-A.A.2012-2.

ANTECEDENTES

Mediante auto de fecha 18-04-2012, esta Oficina de Registro dio inicio a la Actuación Administrativa número 324-A.A.2012-02, tendiente a clarificar la tradición de los inmuebles identificados con los folios de Matrículas Inmobiliarias número 324-46084, 324-49114 y 324-17001, para establecer si en la historia jurídica de los mismos se encuentran inscritos la totalidad de los títulos escriturarios que hacen parte de esta o si por el contrario, se omitió efectuar el asiento registral de uno de ellos. De igual manera, establecer si los títulos inscritos deben estar encasillados como modo de adquirir o en su defecto, en la llamada "Falsa Tradición" y si en virtud de alguno de ellos, deben matricularse un predio. Igualmente se establece la necesidad de determinar si existe duplicidad de folios de matrículas.

En escrito de fecha 02-05-2012, el doctor Óscar Ricardo Casas Gerena, actuando en calidad de apoderado de los señores Odalinda Pinzón de Ávila, Sofía, Ángel María, Rosa, Ramiro, Myriam y Reinaldo Ávila Pinzón, como interesado en el trámite de agotamiento de la vía gubernativa, ante esta Oficina interpone recurso de reposición y en subsidio apelación contra el auto de fecha 18-04- 2012, que dio inicio a la Actuación Administrativa número 324- A. A.2012-2.

Mediante Resolución número 28 del 16 de mayo de 2012, esta Oficina resuelve no acceder a los solicitado por el recurrente y concede el recurso de apelación, el cual fue enviado a la Dirección de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante el Oficio Oripvel número 968 del 22 de mayo de 2012.

Por Auto número 07 de 11 de marzo de 2013, la Dirección de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro, desestimó el recurso de apelación presentado contra el Auto de fecha 18 de abril de 2012.

Dispone el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo, hoy artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de Contencioso Administrativo, que no habrá recurso contra los actos de carácter general, ni contra los de trámite.

Acervo probatorio:

Lo conforma copia de los siguientes documentos:

  1. Auto 324-A.A.2012-2 de fecha 18 de abril de 2012 por medio de la cual se inició actuación administrativa tendiente a clarificar la situación jurídica de los inmuebles 32446084, 324-49114. 324-17001 y 324-16454.

  2. Copias Simple de los folios de Matrícula número 324-46084, 324-49114. 324- 17001 y 324-16454.

  3. Oficio 665 de abril 10 de 2012 solicitud catastrales al IGAC Vélez.

  4. Oficios número 707, 708 y 709 de abril 18 de 2012 con constancias de envío y recibido.

  5. Oficios número EE2344 y EE2345 de abril 30/2012 respuestas del IGAC.

  6. Oficio número 718 de abril 19 de 2012 y constancia de envío a Grupo Divulgación SNR publicación Auto 324-A.A.2012-2 de fecha 18 de abril de 2012.

  7. Oficio número 733 de 23 de abril de 2012 y constancia de envío.

  8. Auto Citación a...

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