Ley 1036, por medio de la cual la Nación declara Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación a la institución educativa Santa Librada del municipio de Neiva departamento del Huila y se dictan otras disposiciones. - 25 de Julio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43239697

Ley 1036, por medio de la cual la Nación declara Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación a la institución educativa Santa Librada del municipio de Neiva departamento del Huila y se dictan otras disposiciones.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín46340

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Declárese Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación a la Institución Educativa Santa Librada del municipio de Neiva, departamento del Huila.
Artículo 2° Autorízase al Gobierno Nacional, para que a través del Ministerio de Cultura, contribuya al fomento, promoción, protección, conservación, divulgación, desarrollo y financiación de los valores culturales que se originen alrededor de la cultura y del folclor colombiano.
Artículo 3° El Congreso de la República de Colombia, concurre a la Declaración de Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación a la Institución Educativa Santa Librada del municipio de Neiva, departamento del Huila, emitiendo en nota de estilo un pergamino que contenga el texto de la presente ley.
Artículo 4° La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y promulgación.

La Presidenta del honorable...

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