Ley 1067, por medio de la cual se declara como patrimonio cultural y deportivo de la Nación el Estadio Moderno Julio Torres Cuna del Fútbol Colombiano del Distrito Industrial Especial y portuario de Barranquilla y se dictan otras disposiciones. - 29 de Julio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43239915

Ley 1067, por medio de la cual se declara como patrimonio cultural y deportivo de la Nación el Estadio Moderno Julio Torres Cuna del Fútbol Colombiano del Distrito Industrial Especial y portuario de Barranquilla y se dictan otras disposiciones.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín46344

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Declárese como patrimonio cultural y deportivo de la Nación el Estadio Moderno Julio Torres ¿Cuna del Fútbol Colombiano¿ ubicado el barrio Rebolo del Distrito Industrial Especial y Portuario de Barranquilla.
Artículo 2º Autorízase al Gobierno Nacional, para que en cumplimiento del artículo 102 de la Ley 715 de 2001 incluya dentro del Presupuesto General de la Nación las partidas presupuestales para concurrir al mantenimiento, funcionamiento y dotación de dicho escenario deportivo.
Artículo 3º Las autorizaciones de gastos otorgadas al Gobierno Nacional en virtud de esta ley, se incorporarán a los presupuestos generales de la Nación de acuerdo con las normas orgánicas en materia presupuestal en primer lugar, pudiendo reasignarse los recursos hoy existentes en cada órgano ejecutor, sin que ello implique un aumento de presupuesto

Y en segundo lugar, de acuerdo con las disponibilidades que se produzcan en cada vigencia fiscal.

Artículo 4º El conjunto de inmuebles y enseres que posean un especial interés histórico, arquitectónico, ambiental y...

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