Ley 1790 de 2016, por medio de la cual se renueva la emisión de la Estampilla Pro-Universidad Industrial de Santander creada mediante Ley 85 de 1993, modificada parcialmente por la Ley 1216 de 2008, y se dictan otras disposiciones - 7 de Julio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 644811957

Ley 1790 de 2016, por medio de la cual se renueva la emisión de la Estampilla Pro-Universidad Industrial de Santander creada mediante Ley 85 de 1993, modificada parcialmente por la Ley 1216 de 2008, y se dictan otras disposiciones

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín49927

El Congreso de Colombia DECRETA:

Artículo 1º Renovación de la Estampilla Pro-UIS.

Renuévese la estampilla "Pro-Universidad Industrial de Santander" creada por la Ley 85 de 1993. Autorícese a la Asamblea del Departamento de Santander para que ordene la Emisión de la Estampilla "Pro-Universidad Industrial de Santander" en los términos que establece la Ley 85 de 1993, modificada por la Ley 1216 de 2008.

Artículo 2º Cuantía de la emisión.

La emisión de la estampilla Pro-Universidad Industrial de Santander, cuya renovación y vigencia se autoriza y se extiende de acuerdo con el artículo anterior, será hasta por la suma adicional de seiscientos mil millones de pesos moneda legal ($600.000.000.000). El monto total recaudado se establece a precios constantes al momento de la aprobación de la presente ley.

Artículo 3º Autorización a la Asamblea Departamental de Santander.

Autorícese a la Asamblea Departamental de Santander para que determine las características, tarifas y todos los demás asuntos referentes al uso obligatorio de la estampilla en las actividades y operaciones que se deban realizar en el departamento y en sus municipios. La ordenanza que expida la Asamblea de Santander en desarrollo de lo dispuesto en la presente ley, se dará a conocer al Gobierno nacional a través de los Ministerios de Educación Nacional, Hacienda y Crédito Público, y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Artículo 4º Facultad a los Concejos Municipales.

Facúltese a los Concejos Municipales del Departamento de Santander para que, previa autorización de la Asamblea Departamental, hagan obligatorio el uso de la estampilla que autoriza la presente ley.

Artículo 5º Autorización para recaudar los valores de los que trata la presente ley.

Autorícese al departamento de Santander para recaudar los valores producidos por el uso de la estampilla Pro-Universidad Industrial de Santander, en las actividades que se deban realizar en el departamento y en sus...

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