Ley 1832 de 2017, por medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Información de Becas y Créditos Educativos (SNIBCE) - 4 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 678721133

Ley 1832 de 2017, por medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Información de Becas y Créditos Educativos (SNIBCE)

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín50223

El Congreso de Colombia, DECRETA:

Artículo 1º Objeto.

La presente ley tiene por objeto la creación de un Sistema Nacional de Información de Becas y Créditos Educativos denominado (Snibce), que permitirá recopilar, organizar y conocer de manera detallada la oferta de becas públicas, privadas y las que provengan de organismos de cooperación, como también la oferta de créditos condonables que tengan como única finalidad la financiación de estudios superiores en las modalidades descritas en el artículo 4º de la presente ley, existentes dentro y fuera del país.

Parágrafo 1º. Este sistema incluirá la información de becas de estudios académicos completas, becas parciales, subsidios de investigación, intercambios, pasantías y créditos condonables destinados para el mismo fin.

Parágrafo 2º. Cuando en la presente ley se hace referencia a la oferta privada, debe entenderse que es a la oferta de becas por parte de las Instituciones de Educación Superior de carácter privado, la de organismos de cooperación nacional e internacional, y en las que su objeto se permita el otorgamiento de becas tales como: fundaciones, sociedades anónimas, limitadas, asociaciones, corporaciones, entre otras.

Parágrafo 3º. El Sistema Nacional de Información anunciará al público sobre eventos, convenciones o charlas informativas, cuyo objeto sea afín con el artículo primero de la presente ley.

Artículo 2º Responsable.

El Icetex, de conformidad con la reglamentación que expida el Ministerio de Educación Nacional, será el responsable de coordinar, implementar y operar este sistema de manera exclusiva, a través de una plataforma virtual y por otros medios que garanticen que dicha información sea pública y que y en especial llegue a todos los grupos vulnerables (víctimas del conflicto armado, afrocolombianos, indígenas, personas en situación de discapacidad, entre otros), municipios, instituciones de educación media y superior públicas y privadas del territorio nacional.

Parágrafo 1º. Las Instituciones de Educación Superior...

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