Ley 1837 de 2017, por la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017 - 30 de Junio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 685331237

Ley 1837 de 2017, por la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín50280

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital.

Efectúense las siguientes modificaciones al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, que lo adicionan en la suma de ocho billones quinientos sesenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cuatro millones ochocientos sesenta y un mil setecientos veintiocho pesos moneda legal ($8.564.854.861.728), según el siguiente detalle:

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

Artículo 2º Adiciones al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones.

Efectúense las siguientes adiciones en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, en la suma de ocho billones quinientos sesenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cuatro millones ochocientos sesenta y un mil setecientos veintiocho pesos moneda legal($8.564.854.861.728), según el siguiente detalle:

Artículo 5º Sustitución de ingresos.

De acuerdo con lo establecido en el numeral 3 del artículo 376 de la Ley 1819 de 2016, sustituyase del Presupuesto de rentas y recursos de capital establecido en la Ley 1815 de 2016 la suma de cinco billones trescientos cincuenta y cuatro mil doscientos sesenta y cinco millones novecientos setenta y dos mil quinientos ochenta pesos moneda legal ($5.354.265.972.580) de Fondos Especiales-Fondo Especial Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) por Ingresos Corrientes de la Nación-Impuestos sobre la renta y complementarios.

Parágrafo. De acuerdo con lo establecido en el numeral 3 del artículo 376 de la Ley 1819 de 2016, los recursos de que trata el CapítuloII de la Ley 1607 de 2012, continuarán ejecutándose tal y como se encuentran identificados en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017.

Artículo 6º

Compensación de obligaciones entre el Patrimonio Autónomo de remanentes del Instituto de Seguros Sociales en Liquidación - PAR ISS, la...

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