Ley 2011 de 2019, por la cual se establecen exenciones de impuestos de carácter nacional y tributos aduaneros para la realización del Campeonato Masculino de Fútbol Internacional Copa América 2020
Emisor | Rama Legislativa |
Número de Boletín | 51182 |
El Congreso de Colombia DECRETA:
Con ocasión de la realización del Campeonato Masculino de Fútbol Internacional Copa América 2020, se establecen las siguientes exenciones fiscales del orden nacional:
-
Los impuestos sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales, sobre las ventas - IVA y el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) no serán impuestos a la Confederación Sudamericana de Fútbol (en adelante CONMEBOL) y/o a las subsidiarias de la CONMEBOL, a la Delegación de la CONMEBOL, Equipos, Funcionarios de Juego, Asociaciones Miembros, Asociaciones de Miembros Participantes y a miembros, Confederaciones invitadas, personal y empleados de estas partes, con excepción de los jugadores.
-
La CONMEBOL y las subsidiarias de la CONMEBOL, Equipos, Funcionarios de Juego, Confederaciones invitadas de la CON-MEBOL, Asociaciones Miembros, Asociaciones de Miembros Participantes, no constituyen un establecimiento permanente en el país, ni están de cualquier otra manera sujetos a los mencionados impuestos del orden nacional.
-
No habrá lugar a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales y a título del Gravamen a los Movimientos Financieros -GMF sobre los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a la CONMEBOL y/o a las subsidiarias de la CONMEBOL y sobre pagos o abonos en cuenta que realice la CONMEBOL y/o subsidiarias de la CON-MEBOL a los sujetos de que trata este artículo.
-
La CONMEBOL y las subsidiarias de la CONMEBOL tienen el derecho a un reembolso total del valor del impuesto sobre las ventas - IVA en productos o servicios adquiridos.
Con ocasión de la realización del Campeonato Masculino de Fútbol Internacional Copa América 2020, se establecen las siguientes exenciones de los tributos aduaneros para las importaciones:
A. PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARÍAS:
-
CONMEBOL, subsidiarias de la CONMEBOL y todos los miembros de la Delegación de la CONMEBOL;
-
Funcionarios de las...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba