Ley 2011 de 2019, por la cual se establecen exenciones de impuestos de carácter nacional y tributos aduaneros para la realización del Campeonato Masculino de Fútbol Internacional Copa América 2020 - 30 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 834402705

Ley 2011 de 2019, por la cual se establecen exenciones de impuestos de carácter nacional y tributos aduaneros para la realización del Campeonato Masculino de Fútbol Internacional Copa América 2020

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín51182

El Congreso de Colombia DECRETA:

Artículo 1º Exoneración de impuestos de carácter nacional.

Con ocasión de la realización del Campeonato Masculino de Fútbol Internacional Copa América 2020, se establecen las siguientes exenciones fiscales del orden nacional:

  1. Los impuestos sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales, sobre las ventas - IVA y el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) no serán impuestos a la Confederación Sudamericana de Fútbol (en adelante CONMEBOL) y/o a las subsidiarias de la CONMEBOL, a la Delegación de la CONMEBOL, Equipos, Funcionarios de Juego, Asociaciones Miembros, Asociaciones de Miembros Participantes y a miembros, Confederaciones invitadas, personal y empleados de estas partes, con excepción de los jugadores.

  2. La CONMEBOL y las subsidiarias de la CONMEBOL, Equipos, Funcionarios de Juego, Confederaciones invitadas de la CON-MEBOL, Asociaciones Miembros, Asociaciones de Miembros Participantes, no constituyen un establecimiento permanente en el país, ni están de cualquier otra manera sujetos a los mencionados impuestos del orden nacional.

  3. No habrá lugar a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales y a título del Gravamen a los Movimientos Financieros -GMF sobre los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a la CONMEBOL y/o a las subsidiarias de la CONMEBOL y sobre pagos o abonos en cuenta que realice la CONMEBOL y/o subsidiarias de la CON-MEBOL a los sujetos de que trata este artículo.

  4. La CONMEBOL y las subsidiarias de la CONMEBOL tienen el derecho a un reembolso total del valor del impuesto sobre las ventas - IVA en productos o servicios adquiridos.

Artículo 2 Exoneración para las importaciones.

Con ocasión de la realización del Campeonato Masculino de Fútbol Internacional Copa América 2020, se establecen las siguientes exenciones de los tributos aduaneros para las importaciones:

A. PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARÍAS:

  1. CONMEBOL, subsidiarias de la CONMEBOL y todos los miembros de la Delegación de la CONMEBOL;

  2. Funcionarios de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR