Ley 2038 de 2020, por medio de la cual se crea el Fondo de Sustentabilidadpro Cartagena 500 años para la erradicación de la pobreza extrema en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias para el año 2033 - 27 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846943685

Ley 2038 de 2020, por medio de la cual se crea el Fondo de Sustentabilidadpro Cartagena 500 años para la erradicación de la pobreza extrema en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias para el año 2033

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín51388

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Objeto.

La presente ley tiene por objeto crear el Fondo de Sustentabilidad pro Cartagena 500 años para garantizar de forma eficiente y oportuna la ejecución de los recursos de la inversión pública y privada en materia de infraestructura ambiental, sanitaria y vial del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, la erradicación de situaciones de pobreza extrema y la conservación de los recursos naturales del medio ambiente.

Artículo 2º Fondo de sustentabilidad pro Cartagena 500 años.

El Fondo de Sustentabilidad pro Cartagena 500 Años, en adelante el "Fondo", será un patrimonio autónomo, sin estructura administrativa y sin planta de personal, administrado por la sociedad fiduciaria que sea contratada de conformidad con las normas que rijan sobre la materia.

Artículo 3º Órgano de Dirección del Fondo

El Fondo tendrá un Órgano de Dirección y Administración denominado Junta Directiva, integrada por:

  1. Dos (2) delegados del Presidente de la República;

  2. Dos (2) delegados de la Gobernación del Departamento de Bolívar.

  3. Dos (2) delegados del Alcalde del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias.

  4. Tres (3) representantes de la sociedad civil designados para periodos de tres (3) años sin derecho a reelección.

  5. Dos (2) representantes, si los hubiere, de los aportantes al Fondo. La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones:

  1. Aprobar los reglamentos del Fondo y de la Junta Directiva.

  2. Aprobar el Plan de Dinamización para la sostenibilidad fiscal y desarrollo social y equitativo con vigencia hasta el año 2033, el cual se articulará de forma armónica con los Planes de Desarrollo Distrital y Departamental, los Planes de Ordenamiento Territorial y el ejercicio constitucional al derecho de propiedad en Cartagena de Indias para sus habitantes.

  3. Ejecutar las medidas contenidas en el Plan de Dinamización para la Sostenibilidad Fiscal y Desarrollo Social y Equitativo del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias.

  4. Proponer estrategias financieras, rutas administrativas y reglas de contabilidad pública transparente que realicen de forma simultánea la consolidación de los superávit presupuestales del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias para el empleo de estos recursos en la ejecución de...

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