Ley 424 de 1998, por la cual se ordena el seguimiento a los convenios internacionales suscritos por Colombia - 27 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846943673

Ley 424 de 1998, por la cual se ordena el seguimiento a los convenios internacionales suscritos por Colombia

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín51388

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º

El Gobierno nacional a través de la Cancillería presentará anualmente a las Comisiones Segundas de Relaciones Exteriores de Senado y Cámara, y dentro de los primeros treinta días calendario posteriores al período legislativo que se inicia cada 20 de julio, un informe pormenorizado acerca de cómo se están cumpliendo y desarrollando los Convenios Internacionales vigentes suscritos por Colombia con otros Estados.

Artículo 2º Cada dependencia del Gobierno nacional encargada de ejecutar los Tratados Internacionales de su competencia y requerir la reciprocidad en los mismos, trasladará la información pertinente al Ministerio de Relaciones Exteriores y este, a las Comisiones Segundas.
Artículo 3º El texto completo de la presente ley se incorporará como anexo a todos y cada uno de los Convenios Internacionales que el Ministerio de Relaciones Exteriores presente a consideración del Congreso.
Artículo 4º La presente ley rige a partir de su promulgación

El Presidente del honorable Senado de la República.

Amylkar Acosta Medina. El Secretario General del honorable Senado de la República,

Pedro Pumarejo Vega. El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Carlos Ardila Ballesteros. El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Diego Vivas Tafur. REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y ejecútese.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de enero de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO La Ministra de Relaciones Exteriores,

María Emma Mejía Vélez.

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Bogotá, D. C., 26 de abril de 2018

Autorizado: Sométase a la consideración del Honorable Congreso de la República para los efectos constitucionales.

(Fdo.) JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

La Ministra de Relaciones Exteriores,

(Fdo.) María Angela Holguín Cuéllar.

DECRETA:

Artículo 1º Apruébese el "Acuerdo ...

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