Ley 511, por la cual se establece el Dia Nacional del Reciclador y del Reciclaje. - 5 de Agosto de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43290835

Ley 511, por la cual se establece el Dia Nacional del Reciclador y del Reciclaje.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín43656

DIARIO OFICIAL 43.656 LEY 511 04/08/1999 por la cual se establece el Dia Nacional del Reciclador y del Reciclaje. El Congreso de Colombia, DECRETA:

Artículo 1º Establécese el Día Nacional del Reciclador y del Reciclaje, el cual se celebrará el primero de marzo de cada año

Parágrafo. Los gobernadores y alcaldes dentro de sus respectivas jurisdicciones adoptarán las medidas administrativas adecuadas para la celebración del Día Nacional del Reciclador y del Reciclaje, en concordancia con la importancia que estas personas, empresas y organizaciones merecen.

Artículo 2º Establécese la "Condecoración del Reciclador", que se otorgará anualmente el día primero de marzo de cada año, por el Ministerio del Medio Ambiente, a la persona natural o jurídica que más se haya distinguido por desarrollar actividades en el proceso de recuperación de residuos...

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