Ley 656, por la cual se autoriza la estampilla de la Universidad de Sucre Tercer Milenio y se dictan otras disposiciones. - 9 de Junio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43158594

Ley 656, por la cual se autoriza la estampilla de la Universidad de Sucre Tercer Milenio y se dictan otras disposiciones.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín44450

DIARIO OFICIAL 44.450 LEY 656 07/06/2001 por la cual se autoriza la estampilla de la Universidad de Sucre, Tercer Milenio y se dictan otras disposiciones. El Congreso de Colombia DECRETA: Artículo 1°. Autorízase a la Asamblea Departamental de Sucre para que ordene la emisión de la estampilla ¿Universidad de Sucre, Tercer Milenio¿. Artículo 2°. La emisión de la estampilla que se autoriza será hasta por la suma de $50.000.000.000 (cincuenta mil millones de pesos), a pesos constantes de 2000. Artículo 3°. Autorízase a la Asamblea Departamental de Sucre para que determine las características, tarifas y todos los demás asuntos referentes al uso obligatorio de la estampilla en las actividades y operaciones que deben realizarse en el Departamento de Sucre. Las ordenanzas que expida la Asamblea Departamental, en desarrollo de lo dispuesto en la presente ley serán llevadas a conocimiento del Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Parágrafo. La Asamblea de Sucre podrá autorizar la sustitución de la estampilla física por otro sistema de recaudo del gravamen que permita cumplir con seguridad y eficacia el objeto de esta ley. Artículo 4°. La tarifa contemplada en esta ley no podrá exceder el dos por ciento (2%) del valor...

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