Ley 839, por medio de la cual se declara Patrimonio Cultural de la Nación el Festival del Mono Núñez y se autorizan unas obras. - 3 de Octubre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43198492

Ley 839, por medio de la cual se declara Patrimonio Cultural de la Nación el Festival del Mono Núñez y se autorizan unas obras.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín45329

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Se declara patrimonio cultural de la Nación el Festival del Mono Núñez, y se le reconoce la especificidad del folclore andino, a la vez que se les brinda protección a sus diversas expresiones.
Artículo 2º Para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley, el Gobierno Nacional podrá incorporar en el Presupuesto General de la Nación las apropiaciones requeridas para la compra de bienes, la financiación y sostenibilidad del festival y la ejecución y terminación de las siguientes obras:

▪ Construcción de escenarios adecuados para la realización del festival y cualquier evento de tipo cultural folklórico.

▪ Construcción y adecuación de escuelas folklóricas que sirvan de apoyo a las expresiones auténticas de los eventos declarados patrimonio cultural en la presente ley.

Las apropiaciones autorizadas en el presupuesto General de la Nación deberán contar para su ejecución con los respectivos programas y proyectos de inversión.

Artículo 3º Autorízase al Ministerio de Cultura su concurso en la modernización del Festival Mono Núñez como patrimonio cultural en los siguientes...

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