Ley 876, por medio de la cual se aprueba el Protocolo Modificatorio a la Convención de Extradición entre la República de Colombia y el Reino de España suscrita en Bogotá el 23 de julio de 1892 hecho en Madrid el dieciséis (16) de marzo de mil novecientos noventa y nueve (1999).
Emisor | Rama Legislativa |
Número de Boletín | 45422 |
El Congreso de la República
Visto el texto del Protocolo Modificatorio a la "Convención de Extradición entre la República de Colombia y el Reino de España", suscrita en Bogotá el 23 de julio de 1892, hecho en Madrid el dieciséis (16) de marzo de mil novecientos noventa y nueve (1999).
(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del Instrumento Internacional mencionado).
PROYECTO DE LEY NUMERO 29 DE 2002 SENADO
por medio de la cual se aprueba el Protocolo Modificatorio a la "Convención de Extradición entre la República de Colombia y el Reino de España", suscrita en Bogotá el 23 de julio de 1892, hecho en Madrid el dieciséis (16) de marzo de mil novecientos noventa y nueve (1999).
El Congreso de Colombia
Visto el texto del Protocolo Modificatorio a la "Convención de Extradición entre la República de Colombia y el Reino de España", suscrita en Bogotá el 23 de julio de 1892, hecho en Madrid el dieciséis (16) de marzo de mil novecientos noventa y nueve (1999).
(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del Instrumento Internacional mencionado).
PROTOCOLO MODIFICATORIO A LA "CONVENCION DE EXTRADICION ENTRE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y EL REINO DE ESPAÑA SUSCRITA EN BOGOTA EL 23 DE JULIO DE 1892
La República de Colombia y el Reino de España,
Deseosos de fortalecer la cooperación judicial que en mater ia penal han desarrollado durante más de un siglo de cordiales y fructíferas relaciones bilaterales;
Atendiendo al desarrollo satisfactorio que ha tenido durante su vigencia la "Convención de Extradición entre la República de Colombia y el Reino de España", firmada el 23 de julio de 1892 y su adición mediante canje de notas del 19 de septiembre de 1991;
Conscientes de la importancia que tiene para los dos países la cooperación para la persecución y represión de la delincuencia transnacional;
Preocupados por la necesaria actualización de la Convención sobre Extradición vigente con el fin de adaptarlo a las necesidades que demandan las circunstancias del presente;
Convencidos de que todas estas medidas contribuyen al fortalecimiento de las relaciones bilaterales entre los dos países;
Han acordado suscribir el presente Protocolo Modificatorio a la "Convención de Extradición" firmada por los dos países en Bogotá el 23 de julio de 1892, en los términos que se expresan a continuación:
ARTICULO PRIMERO
I. El artículo tercero (3º) de la Convención quedará redactado del siguiente modo:
"Artículo 3º. La extradición procederá con respecto a las personas a quienes las autoridades judiciales de la Parte requirente persiguieren por algún delito o buscaren para la ejecución de una pena privativa de libertad no inferior a un (1) año. A este efecto, será indiferente el que las leyes de las Partes...
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