Ley 883, por medio de la cual se aprueba el convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Bolivia suscrito en la ciudad de La Paz a los veinte (20) días del mes de agosto del año dos mil uno (2001). - 9 de Junio de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43209367

Ley 883, por medio de la cual se aprueba el convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Bolivia suscrito en la ciudad de La Paz a los veinte (20) días del mes de agosto del año dos mil uno (2001).

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín45574

El Congreso de la República

Visto el texto del "Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Bolivia", suscrito en la ciudad de La Paz, a los veinte (20) días del mes de agosto del año dos mil uno (2001), que a la letra dice:

(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del Instrumento Internacional mencionado).

PROYECTO DE LEY NUMERO 35 DE 2002 SENADO

por medio de la cual se aprueba el convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Bolivia, suscrito en la ciudad de La Paz, a los veinte (20) días del mes de agosto del año dos mil uno (2001).

El Congreso de la República

Visto el texto del "Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Bolivia", suscrito en la ciudad de La Paz, a los veinte (20) días del mes de agosto del año dos mil uno (2001), que a la letra dice:

(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del Instrumento Internacional mencionado).

CONVENIO DE COOPERACION TURISTICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA

La República de Colombia y la República de Bolivia, conscientes de la necesidad de buscar un mayor acercamiento que permita una mejor coordinación y estrecha integración de los esfuerzos que realiza cada país para incrementar el flujo turístico y para lograr un mayor desarrollo del sector y sus recursos.

ACUERDAN lo siguiente:

ARTICULO I

Los Gobiernos de la República de Colombia y de la República de Bolivia adoptarán, a través de sus organismos oficiales de turismo, en el marco de su legislación interna, medidas tendientes a incrementar las corrientes turísticas de ambos países.

ARTICULO II

Los respectivos organismos oficiales de turismo propiciarán y apoyarán esfuerzos de Integración regional y subregional entre los países sudamericanos.

ARTICULO III

Ambos organismos oficiales de turismo favorecerán la participación conjunta o coordinada en eventos promocionales que tiendan a difundir la oferta turística regional y propiciarán la consolidación de circuitos turísticos Integrados que permitan ampliar y diversificar sus respectivas ofertas para hacer mercados externos.

ARTICULO IV

Los organismos oficiales de turismo de ambas Partes coordinarán y apoyarán los esfuerzos de promoción y difusión turística que realiza cada uno de los países con el otro, y se comprometen a promover y difundir los circuitos turísticos integrados en los mercados internacionales.

ARTICULO V

Las Partes fomentarán el intercambio turístico y divulgarán una mayor información sobre los atractivos y servicios que posee cada una.

ARTICULO VI

Las Partes procurarán establecer mecanismos que posibiliten el intercambio periódico de docentes, técnicos y expertos de cualesquiera de las disciplinas que conforman el estudio de la actividad turística, en sus aspectos técnicos, económicos y socioculturales, a través de los respectivos organismos oficiales de turismo. Asimismo, intercambiarán información sobre los planes y programas de desarrollo turístico.

ARTICULO VII

Los respectivos organismos oficiales de turismo propiciarán la promoción de acuerdos con las compañías nacionales de aeronavegación y las autoridades aeronáuticas de sus respectivos países, con el objeto de facilitar la implementación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR