Ley 922 de 2004, por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Ley 550 de diciembre 30 de 1999. - 29 de Diciembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43217491

Ley 922 de 2004, por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Ley 550 de diciembre 30 de 1999.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín45776

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Prorrógase la vigencia de la Ley 550 de diciembre 30 de 1999 por el término de dos (2) años contados a partir del 31 de diciembre de 2004.
Artículo 2° Adiciónase el inciso 4° del artículo de la Ley 550 de 1999, del siguiente tenor:

Esta ley se aplicará igualmente a las universidades estatales del orden nacional o territorial, las cuales podrán celebrar por intermedio del rector, previa autorización del Consejo Superior Universitario en ejercicio de la autonomía universitaria, el acuerdo de reestructuración en los términos del Título V de la presente ley. El promotor de los acuerdos de reestructuración que se suscriban con las Universidades Públicas será el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 3° La presente ley rige a partir de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Luis Humberto Gómez Gallo.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Emilio Ramón Otero Dajud.

La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes,

Zulema Jattin Corrales.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Angelino Lizcano Rivera.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Viceministro de Comercio...

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