Ley 936, por medio del cual se declara patrimonio histórico y cultural de la Nación el Municipio de pore Casanare y se dictan otras disposiciones. - 30 de Diciembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43217593

Ley 936, por medio del cual se declara patrimonio histórico y cultural de la Nación el Municipio de pore Casanare y se dictan otras disposiciones.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín45777

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Declárese patrimonio histórico y cultural de la Nación, el Municipio de Pore, ubicado en el Departamento del Casanare.
Artículo 2° Declárese como bien de interés cultural de carácter nacional el complejo arquitectónico conformado por la antigua Iglesia de Pore, la edificación conocida como "la cárcel" y el túnel que comunica a estas dos construcciones.
Artículo 3° Autorícese al Gobierno Nacional, efectuar las apropiaciones presupuestales que crea pertinentes para el fomento de las diversas actividades encaminadas a posicionar a Pore como un destino histórico turístico, exaltando el valor de ser el espacio geográfico donde se forjó la gesta libertadora.
Artículo 4° La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Luis Humberto Gómez Gallo.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Emilio Ramón Otero Dajud.

La...

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