Licitación 013964 - 15 de Julio de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43211759

Licitación 013964

EmisorVarios - Empresas Públicas de Medellín
Número de Boletín45610

EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN ESP

Pavimentación de apiques y zanjas, reparación y construcción de pavimentos en los diferentes sitios de la zona sur del Valle de Aburrá atendidos por las empresas.

Las Empresas Públicas de Medellín ESP, están interesadas en recibir propuestas para la pavimentación de apiques y zanjas, reparación y construcción de pavimentos en los diferentes sitios de la zona sur del Valle de Aburrá, atendidos por Las Empresas.

Participantes: Podrán participar personas naturales y jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:

Proponentes individuales: Que a la fecha de cierre de esta contratación se encuentren inscritos y clasificados en el Registro de Contratistas de Las Empresas Públicas de Medellín ESP, conforme al Decreto 1274 de 2003, en el Grupo 01 "Obra Pública", Actividad 02 00 "Pavimentos".

Experiencia: Acreditar experiencia en los últimos diez (10) años contados a partir de la fecha de cierra de este proceso de contratación con Las Empresas Públicas de Medellín ESP o con otras entidades públicas o privadas, mediante certificado, en la ejecución de trabajos que consistan en la colocación y compactación de mínimo seis mil (6.000) m3 de mezcla asfáltica en caliente en zanjas y apiques.

Aseguramiento de calidad: El proponente deberá presentar el certificado de aseguramiento o de gestión del sistema de calidad vigente con base en la norma ISO 9001 versión 2000 de acuerdo con los lineamientos establecidos en el pliego de condiciones y especificaciones.

Estados financieros: La participación en este proceso de contratación estará condicionada por la estabilidad económica y la capacidad financiera de los proponentes con fundamento en la liquidez medida como activo corriente sobre pasivo corriente, y el nivel de endeudamiento medido como pasivo total sobre activo total.

Para participar en este proceso de contratación se requiere un IL (indicador de liquidez) mayor o igual a uno y un IE (indicador de endeudamiento) menor o igual 50%.

Certificación de pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales: En cumplimiento del artículo 50 de la Ley 789 de 2002 -Ley de Reforma Laboral-, las personas naturales y jurídicas que participen en este proceso de contratación deberán acreditar a la fecha de cierre el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de...

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