Resolución número 2363 de 2008, por medio de la cual se adopta el Macroproyecto de Interés Social Nacional Nuevo Occidente 'Viviendas con Corazón hacia territorios Equitativos' ubicado en el área de desarrollo del Plan Parcial en el Suelo de Expansión de Pajarito en el municipio de Medellín - 26 de Diciembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50642863

Resolución número 2363 de 2008, por medio de la cual se adopta el Macroproyecto de Interés Social Nacional Nuevo Occidente 'Viviendas con Corazón hacia territorios Equitativos' ubicado en el área de desarrollo del Plan Parcial en el Suelo de Expansión de Pajarito en el municipio de Medellín

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín47214

El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el articulo 12 del Decreto 4260 de 2007, y CONSIDERANDO:

Que en relacion con la politica nacional urbana: 1. El Plan Nacional de Desarrollo 2006 - 2010 incorporo dentro de los Programas Integrales de Ciudades Amables la figura de Macroproyectos de Interes Social Nacional - MISN, definidos como el conjunto de decisiones administrativas y actuaciones urbanisticas adoptadas por el Gobierno Nacional, en los que se vinculan instrumentos de planeacion, financiacion y gestion del suelo para ejecutar una operacion de gran escala que contribuya al desarrollo territorial, de determinados municipios, distritos o regiones del pais.

  1. Los Macroproyectos de Interes Social Nacional son intervenciones promovidas con participacion del Gobierno Nacional con el fin de aumentar la oferta de suelos urbanizados para el desarrollo de programas de vivienda de interes social y prioritario (VIS - VIP), especialmente en los municipios y distritos del pais que concentran un importante deficit habitacional y donde se han encontrado dificultades para disponer de suelo para el desarrollo de los programas VIS - VIP.

  2. Los Macroproyectos de Interes Social Nacional tienen por objeto promover la ejecucion de operaciones urbanas integrales, en concordancia con las metas y objetivos del documento Vision Colombia II Centenario: 2019 (DNP, 2005), que definieron los siguientes propositos de largo plazo a 2019: - Facilitar el acceso al mercado formal del suelo y vivienda a la poblacion de menores ingresos.

    - Impulsar la produccion de vivienda de interes social y prioritario a gran escala en las ciudades y regiones donde se concentra el deficit habitacional.

    - Incentivar el crecimiento del PIB de edificaciones y de la construccion.

    - Contribuir en la estrategia de empleo y superacion de la pobreza del Gobierno Nacional con el aumento del numero de ocupados del sector de la Construccion.

    - Articular los recursos del Subsidio Familiar de Vivienda del Gobierno Nacional con los subsidios de vivienda de las entidades territoriales, recursos de cooperacion internacional y credito externo en la promocion de oferta VIS.

    - Vincular al sector privado y los propietarios del suelo en la generacion de suelo para vivienda de interes social y prioritario a traves de los Macroproyectos de Interes Social Nacional.

    - Apoyar la estrategia de prevencion a la formacion de asentamientos precarios y aumento del deficit habitacional en concordancia con los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

    - Generar capacidad tecnica en las entidades territoriales para la identificacion, formulacion y ejecucion de proyectos integrales, de impacto supramunicipal o regional.

  3. El Gobierno Nacional expidio el Decreto 4260 de 2007, mediante el cual se reglamentan las condiciones y procedimientos para la identificacion, determinacion, formulacion, adopcion y ejecucion de los Macroproyectos de Interes Social Nacional. Que en relacion con la situacion urbanistica del municipio de Medellin es necesario señalar lo siguiente: 1. En el año 2006, la cantidad de viviendas existentes en el municipio de Medellin, segun registros de instalaciones de energia residencial de EPM, depurados por la Subdireccion de Metroinformacion del Departamento Administrativo de Planeacion, se estima en 602.168 unidades, 94% urbanas, es decir 564.039, el resto son rurales. 2. El 77.56% de las viviendas (467.056) estan clasificadas en estratos 1, 2 y 3, donde se estima reside el 85.14% de la poblacion. El 18.6% de las viviendas urbanas estan en estratos 4 y 5 y solo el 3.8% de dicha cantidad clasifica en estrato 6 alto. 3. La distribucion de viviendas por estrato socioeconomico indica una ciudad con alta segregacion socioterritorial. En la ciudad de Medellin habitan 605.521 hogares de los cuales 58.072 estan clasificados en el estrato bajo-bajo, 216.514 en el bajo y 190.064 en medio-bajo.

  4. Como factor de segregacion y presion ambiental en Medellin se encuentra la superposicion de diferentes formas de deficit habitacionales, en el año 2007 segun el Sisben en los estratos 1 a 3, se identificaron 12.670 hogares en vivienda compartida (3.3%), 16.554 (4,5%) de las viviendas urbanas y rurales, que por su precariedad no son susceptibles de mejoramiento y, 13.696 hogares se alojan en cuartos de inquilinato, lo cual incrementa el deficit habitacional los 31.195 hogares;

    en situacion de riesgo fisico ambiental por localizacion en zonas identificadas como de alto riego no recuperable (compromete 29.696 viviendas) se realiza estudio de vulnerabilidad como soporte tecnico de un Plan Integral de Gestion del Riesgo de alcance metropolitano.

  5. Una significativa parte de la poblacion ocupa en forma irregular e ilegal los predios de habitacion. En el año 2007, la Subsecretaria de Catastro, registro 85.168 predios urbanos y rurales de uso residencial con matriculas ficticias, el 16.68% del total de predios de uso residencial en el Municipio de Medellin (87.3% urbanos);

    predomina la ilegalidad de predios de uso residencial en las comunas de la zona norte, en la zona centro-oriental comunas 8 y 9 y, en la comuna 13 al centro-occidente. El Municipio dispone de unos 13.000 predios potenciales para la titulacion, que estan siendo objeto de saneamiento juridico para proceder con la regularizacion del dominio. Que en relacion con el impacto del Macroproyecto Nuevo Occidente en el ordenamiento del Municipio de Medellin se advierte que: 1. El Macroproyecto VIS-VIP se inscribe en las politicas mundiales de Habitat contenidas en la Estrategia de Facilitacion para los Asentamientos de Estambul 1996 y el fomento a la construccion de viviendas nuevas;

    desarrolla los programas nacionales de construccion de vivienda nueva y las politicas de reasentamiento de poblacion localizada en zonas de alto riesgo tanto geologico como ambiental permitiendo la ejecucion del componente de vivienda y habitat para nuevos desarrollos habitacionales, como estrategia para dar continuidad al PPP, contenidos en el Plan de Desarrollo Municipal 2008-2011 "Medellin es solidaria y competitiva". 2. El articulo 19 de la Ley 388 de 1997 dispone que los planes parciales son los instrumentos mediante los cuales se desarrollan y complementan las disposiciones de los planes de ordenamiento. El articulo 30 de la Ley 388 de 1997, desarrollado por el articulo 79 del Acuerdo 62 de 1999, Plan de...

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