Resolución número 0100 de 2013, por la cual se adopta el Manual de Funciones y Competencias Laborales del Instituto Caro y Cuervo y se derogan las disposiciones que le sean contrarias.
Emisor | Establecimientos Públicos - Instituto Caro y Cuervo |
Número de Boletín | 49008 |
El Director General (e) del Instituto Caro y Cuervo, en cumplimiento de las disposiciones de los Decretos-ley 770 y 785 de 2005, los Decretos 2539 y 2772 de 2005 y sus modificatorios 871 de 2006 y 4476 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 909 de 2004 expidió normas para la regulación del empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública.
Que los Decretos-ley 770 y 785 de 2005 establecieron los criterios y la obligatoriedad para definir e incorporar en los manuales específicos de funciones y de requisitos, las competencias laborales para los diferentes empleos públicos de las entidades del orden nacional y territorial en sus sectores central y descentralizado.
Que en desarrollo de estas disposiciones, el Gobierno nacional expidió el Decreto 2539 de 2005, mediante los cuales se fijan las competencias comportamentales comunes a los servidores públicos y las comportamentales por cada nivel jerárquico de empleos.
Que el Instituto Caro y Cuervo culminó un proceso de modificación de su planta mediante los Decretos 2712 y 2713 de julio de 2010.
Que mediante la Resolución 0144 de 2010, adoptó el Manual de Funciones y Competencias Laborales para los empleos del Instituto.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), diseñó una guía para la creación y actualización de los manuales de funciones en junio de 2010, dentro de la cual, se estableció la metodología y los parámetros necesarios para realizar los ajustes.
Que estudiado el Manual de Funciones y Competencias Laborales del Instituto Caro y Cuervo, se hace evidente la necesidad de ajustarlo, incorporando los conceptos propios de estas normas reglamentarias antes citadas y explicados en la guía de la función pública, tales como: evidencias, rangos de aplicación y equivalencias.
Que así mismo, bajo este marco normativo y las orientaciones del DAFP se requiere modificar las funciones de algunos empleos por necesidades del servicio.
Que en desarrollo de lo anterior, se considera necesario y conveniente ajustar el Manual de Funciones y Competencias Laborales del Instituto Caro y Cuervo.
Que en mérito de lo expuesto, el Director General (e) del Instituto Caro y Cuervo,
RESUELVE:
Nivel Directivo
Director General Código 0015 Grado 18
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IDENTIFICACIÓN
Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Director General Entidad Descentralizada Código: 0015 Grado: 18 Nº de cargos: Uno (1) Dependencia: Despacho Director General Cargo del Jefe Inmediato: Presidente de la República Naturaleza del Empleo: Libre Nombramiento y Remoción -
PROPÓSITO PRINCIPAL
Formular y guiar el desarrollo de las políticas, planes, programas y proyectos del Instituto Caro y Cuervo, buscando garantizar el cumplimiento de la misión institucional, de acuerdo al marco normativo aplicable, al Plan de Desarrollo Nacional y a las políticas del sector cultura.
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DESCRIPCIÓN de FUNCIONES ESENCIALES
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Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo.
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Crear y conformar con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la entidad; así como designar el funcionario bajo el cual quedará la coordinación y supervisión del grupo.
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Representar legalmente al Instituto en los asuntos judiciales, extrajudiciales y demás actuaciones administrativas y, en ejercicio de esta facultad, nombrar los apoderados especiales que demande la mejor defensa de los intereses del Instituto.
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Adoptar los manuales específicos de funciones y competencias laborales y los manuales de procesos y procedimientos adecuados a la naturaleza, estructura y misión del Instituto.
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Establecer y mantener el Modelo Estándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de Calidad del Instituto, en los términos de oportunidad, eficacia y eficiencia definidos legalmente para cada una de las materias.
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Guiar, liderar y controlar el funcionamiento administrativo y académico del Instituto.
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Suscribir o celebrar los contratos y convenios necesarios para la consecución de los objetivos misionales y el funcionamiento administrativo del Instituto, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por el Gobierno nacional.
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Ordenar los gastos con cargo al presupuesto del Instituto y efectuar el control en la ejecución de los mismos.
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Nombrar, dar posesión y remover al personal del Instituto de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.
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Autorizar a los funcionarios del Instituto los permisos y comisiones de acuerdo con la ley y los reglamentos.
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Orientar, promover, mantener y difundir la realización de acuerdos entre el Instituto e instituciones de índole nacional e internacional por medio de convenios y/o cartas de acuerdo, entendimiento y/o compromiso en las áreas de interés académico, investigativo, científico y humanístico.
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Ejecutar y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias aplicables al Instituto, al igual que las diferentes disposiciones estatutarias y las demás decisiones emanadas del Consejo Directivo.
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Orientar el diseño, planeación, programación, ejecución y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo institucional a corto, mediano y largo plazo.
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Diseñar los planes, metas, procedimientos, mecanismos de seguimiento y evaluación del Sistema de Control Interno de la entidad.
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Garantizar la integridad y eficacia de la aplicación del Sistema de Control Interno en las diferentes dependencias, a través de un seguimiento preciso, eficaz y continuo, que permita los resultados propuestos.
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Evaluar el estado del Sistema de Control Interno Institucional y adoptar las medidas correctivas pertinentes.
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Procurar que las atenciones de quejas y reclamos presentadas por los ciudadanos en relación con la misión de la entidad, se presten en forma oportuna y eficiente.
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Procurar la adecuada defensa extrajudicial y judicial del Instituto en los procesos y litigios, y en las demás actuaciones de resolución de conflictos en las cuales sea parte el Instituto.
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Mantener la compilación y actualización de la jurisprudencia y de las normas legales y administrativas que regulan las funciones del Instituto, de cada una de sus dependencias y velar por su adecuada difusión y aplicación.
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Mantener al interior del Instituto la unidad de interpretación y aplicación de disposiciones legales respecto de los asuntos de competencia de la entidad.
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Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo.
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Preparar y presentar para aprobación oportuna del Consejo Directivo, el anteproyecto de presupuesto anual, de acuerdo con las políticas generales fijadas por la ley y el Instituto Caro y Cuervo.
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Presentar al Consejo Directivo, cuando este se lo solicite y por lo menos una vez al año, el informe de gestión y de rendición comprobada de las cuentas del periodo respectivo, conforme a la ley.
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Rendir ante el Consejo Directivo los informes sobre el estado y ejecución de los programas de la entidad.
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Verificar la correcta aplicación de los recursos y el debido mantenimiento, custodia, y utilización de los bienes de la entidad.
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Adoptar el Sistema Integral de Gestión del Instituto Caro y Cuervo y responder por la eficacia de su funcionamiento.
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Conocer en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos del Instituto.
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Adoptar las medidas necesarias para garantizar el correcto funcionamiento de la entidad.
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Las demás inherentes a la naturaleza de la entidad y que les sea asignadas por las normas legales.
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CRITERIOS de DESEMPEÑO
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La representación del Gobierno nacional se lleva a cabo de acuerdo con las atribuciones asignadas en el acto de la delegación, en la ley o sus reglamentos.
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Los ajustes propuestos para la organización interna, procedimientos y trámites administrativos responden a las necesidades del Instituto, a las políticas del Gobierno nacional y a la eficiencia de la administración.
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El Instituto evalúa la oferta de programas y opciones académicas de acuerdo a los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional y las políticas del sector cultura.
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Las Políticas, planes y programas de administración de los recursos humanos, financieros y físicos del Instituto aportan al cumplimiento de la misión institucional.
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El personal se administra con criterio técnico y en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.
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RANGO O CAMPO de APLICACIÓN
· Clientes internos y externos.
· Entidades públicas.
· Universidades e instituciones de educación superior.
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CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
· Políticas públicas en materia de educación superior.
· Políticas públicas propias del sector de cultura.
· Gerencia y gestión pública.
De desempeño:
· Planes y programas orientados al cumplimiento de la misión del Instituto. De producto:
· Convenios celebrados con entidades nacionales e internacionales.
· Informes de gestión y rendición de cuentas a la ciudadanía.
· Actas de reuniones.
· Actos administrativos y comunicaciones internas.
· Evaluación del modelo estándar de Control Interno y planes de mejoramiento.
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REQUISITOS...
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