Resolución número 009371 de 2009, por la cual se modifica parcialmente el Manual Específico de Funciones y Perfil del Rol de los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. - 9 de Septiembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 66822074

Resolución número 009371 de 2009, por la cual se modifica parcialmente el Manual Específico de Funciones y Perfil del Rol de los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín47467
17
Edición 47.467
Miércoles 9 de septiembre de 2009 DIARIO OFICIAL
d) La suspensión de los procesos de ejecución en curso y la imposibilidad de admitir
nuevos procesos de esta clase contra la entidad objeto de toma de posesión, por razón
de obligaciones anteriores a dicha medida;
e) La cancelación de los embargos decretados con anterioridad a la toma de posesión
que afecten bienes de la entidad, para el efecto, la Superintendencia Nacional de Salud
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f) La toma de las medidas preventivas pertinentes de conformidad con lo dispuesto
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510 de 1999.
Artículo 4°. PqvkÝect personalmente el contenido de la presente resolución a la
doctora Ingrith Liadith Núñez Jaimes, en la carrera 21 N° 26ª-72, barrio Miramar,
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Artículo 5°. Comunicar el contenido de la presente resolución a la doctora Leonelia
Orejuela Escobar, en la calle 10ª N° 23-50 apartamento 403 en Armenia-Quindío.
Artículo 6°. Comunicar el contenido del presente Acto Administrativo al Gober-
nador del departamento de Arauca, al Ministro de la Protección Social y a la Comisión
de Regulación en Salud.
Artículo 7°. Comunicar el contenido de la presente resolución por Secretaría Ge-
neral, a la Superintendencia Delegada para Medidas Especiales de la Superintendencia
Nacional de Salud, para lo de su competencia.
Artículo 8°. Publicar la presente resolución dentro de los términos establecidos en
el inciso 3° del artículo 3° del Decreto 2211 de 2004.
Artículo 9°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y
contra ella no procede recurso alguno.
Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 18 de agosto de 2009.
El Superintendente Nacional de Salud,
Mario Mejía Cardona.
(C. F.)
SOLICITUD DE EXPLICACIONES
Para responder a este documento, favor citar este número: 8025-1-0330747
Bogotá, D. C.,
Señor
CARLOS MALDONADO HERNANDEZ
Calle 129 BIS N° 4-46 P. H. 6 (Apartamento 604)
Bogotá, D. C., Distrito Capital
Referencia: Solicitud de explicaciones
Respetado señor:
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NURC 8025-1-0330747, la Contraloría General de la República informó que suscri-
bió el contrato número 100 de 2006, con el contratista Carlos Maldonado Hernández,
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aportes al SGSS se evidenció que el mismo no canceló el valor legalmente establecido
para salud, por lo tanto, esta entidad avocó el conocimiento de los hechos tendientes
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artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el artículo 23 del Decreto 1703 de 2002, la Circular
Conjunta número 1 del 6 de diciembre de 2004, de los Ministerios de la Protección
Social y Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y demás normas reglamentarias
por parte del contratista independiente.
Una vez analizado el material probatorio contenido en el expediente, este despacho
en cumplimiento de las funciones señaladas en el Decreto 1018 de 2007, la ley 1122
de 2007, en armonía con el artículo 29 de la Constitución Política, con el objetivo de
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presuntamente violatorios a las prescripciones señaladas en las Leyes 789 de 2002 y
828 de 2003 y demás normas reglamentarias, con toda atención, le solicita explicar el
siguiente interrogante:
Unico Cargo
¿Por qué razón, usted en calidad de contratista independiente con capacidad
de pago, aportó sobre un ingreso base de cotización inferior al salario real perci-
bido, en desarrollo del Contrato de Prestación de Servicios número 100 de 2006,
celebrado con la Contraloría General de la República, para los períodos de enero
y febrero de 2007?
El presente requerimiento deberá ser respondido personalmente o por intermedio
de su apoderado debidamente constituido. En caso contrario, se entenderá que el
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ciudadanía número 17074927, da por ciertos los hechos sobre los cuales se solicitan
las explicaciones del caso, situación que permitirá a la Administración proferir la de-
cisión correspondiente; con el envío se deben allegar todas las pruebas que considere
conducentes, necesarias, pertinentes y útiles para el esclarecimiento de los hechos.
Las fotocopias que se aporten deben ser legibles para su valoración.
El Despacho le señala que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 48,
establece: ÐNc" Ugiwtkfcf"Uqekcn" gu"wp" ugtxkekq"r¿dnkeq" fg"ectƒevgt" qdnkicvqtkq"swg"
ug"rtguvctƒ"dclq" nc"fktgeek„p."eqqtfkpcek„p"{" eqpvtqn"fgn"Guvcfq." eqp"uwlgek„p"c" nqu"
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Por su parte, el artículo 5º de la Ley 828 de 2003 faculta a la Superintendencia
Nacional de Salud, previa solicitud de explicaciones, a imponer sanciones pecuniarias
que tratándose de multas, no podrán ser inferiores al cinco por ciento (5%) del monto
dejado de pagar.
El término para dar respuesta es de 30 días contados a partir del recibo de la pre-
sente comunicación."Gp"gn"gxgpvq"fg"pq"ugt"tgurqpfkfq"gn"rtgugpvg"qÝekq"{"xcnqtcfcu"
las pruebas que obran en la investigación administrativa relacionadas con las conductas
que falten al cumplimiento de los deberes de los trabajadores independientes como
integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud, el Despacho procederá
a decidir de fondo la correspondiente investigación, de conformidad con lo señalado
en el artículo 35 del Código Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
La Superintendente Delegado para la Generación y Gestión de los Recursos Eco-
nómicos para la Salud,
Andrea Torres Matíz.
(C. F.)
UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN
RESOLUCIONES
RESOLUCION NUMERO 009371 DE 2009
(septiembre 2)
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Tqn"fg"nqu"gorngqu"fg"nc"Wpkfcf"Cfokpkuvtcvkxc"Gurgekcn"Fktgeek„p"fg"Korwguvqu"{"
Aduanas Nacionales.
El director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades
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2005, el Decreto Ley 765 de 2005, el Decreto 3626 de 2005 y el Decreto 4048 de 2008 y
CONSIDERANDO:
Swg" ogfkcpvg" Fg etgvq" 626:" fg" 422:" u g" oqfkÝe„" nc" guvtwe vwtc" fg" nc" Wpkfcf"
Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales y se determinaron sus
funciones;
Que mediante Resolución 05805 de junio 2 de 2009, se actualizó el Manual Espe-
eÝeq"fg"Hwpekqpgu"{"ug"guvtwevwtctqp"nqu"RgtÝngu"fgn"Tqn"fg"nqu"Gorngqu"fg"nc"Wpkfcf"
Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
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422:"swg"oqfkÝe„"cniwpcu" fgrgpfgpekcu"fg"nc"Gpvkfcf." nq"swg"kornkec"nc" etgcek„p"{"
oqfkÝecek„p"fg"tqngu"fg"gorngq=
Que mediante Resolución 007257 del 10 de julio de 2009, se crearon Grupos Internos
de Trabajo en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas
Pcekqpcngu."ukvwcek„p"swg"kornkec"nc"etgcek„p"{"oqfkÝecek„p"fg"tqngu"fg"gorngq=
Que mediante Resolución 07234 del 10 de julio de 2009 se distribuyeron funciones
en algunas Divisiones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Que la mejora continua, como fundamento del Sistema de Gestión de Calidad y
Control Interno, se constituye en uno de los motivos por los cuales se hace necesario
cevwcnk¦ct"{1q"oqfkÝect"gn"ocpwcn"fg"hwpekqpgu"{"tgswkukvqu"fg"nc"Wpkfcf"Cfokpkuvtcvkxc"
Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
RESUELVE:
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de los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuesto y Adua-
pcu"Pcekqpcngu."gp"gn"ugpvkfq"fg"cevwcnk¦ct"ncu"Ýejcu"fg"fguetkrek„p"fg"hwpekqpgu"swg"
señalan a continuación.
E„fkiq"fg"nc"Ýejc"
de descripción
de funciones
Rol del Empleo
Código 157 Investigador de Programas de Salud Ocupacional
Código 262 Investigador de Programas de Bienestar Laboral e Incentivos
Código 619 Responsable de Servicio al Cliente
Código 620 Evaluador Especializado en Gestión y Asistencia
Código 622 Experto en Servicio y Orientación de Canales
Código 623 Responsable de Planeación y Evaluación
Código 627 Investigador Organizacional

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