Resolución número 000126 de 2014, por medio de la cual se decide una actuación administrativa. Expediente 103 de 2013 - 11 de Julio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 519545650

Resolución número 000126 de 2014, por medio de la cual se decide una actuación administrativa. Expediente 103 de 2013

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín49209

La Registradora Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas en los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 42, 43 de la Ley 1437 de 2011, y

CONSIDERANDO:

ANTECEDENTES

Mediante memorial radicado el 23 de julio de 2013 bajo Consecutivo 50N2013ER18620, la señora Rosa Elena Gómez Triana en calidad de poseedora solicita la unificación de los folios de Matrícula 50N-20177217 y 50N-20163385 que distinguen al local 7 W ubicado en la calle 195 número 41-40. Por Oficio 50N20131E21342 de julio 24 de 2013 el Coordinador Grupo Jurídico remite por competencia funcional, el memorial en cita a la sección de abogados especializados; en dicha sección al citado asunto le corresponde el Consecutivo CM 286-2013 y es repartido el 13 de septiembre de 2013 a un abogado sustanciador.

Con fundamento en lo anterior y mediante Auto 0117 del 21 de octubre de 2013 se inició actuación administrativa a establecer la real situación jurídica de los folios de Matrícula Inmobiliaria 50N-20177217 y 50N-20163385, comunicándose dicha decisión a los terceros determinados: Centro de Exhibición Comercial Ltda., y Centro Comercial San Andresito Norte Ltda., a los indeterminados y a quienes no fue posible darla a conocer se les comunicó con la publicación en Diario Oficial en su edición del 18 de marzo de 2014 de conformidad con el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011.

INTERVENCIÓN DE TERCEROS

Mediante Oficio RDN 2201 de 29 de octubre de 2013, la Registradora Delegada remite a la Coordinación Jurídica el turno corrección C2013-11098 bajo el cual la señora Claudia P. Hurtado Lasso en calidad de representante legal del Centro Comercial San Andresito Norte solicita el cierre de la Matrícula 50N-20177217 por duplicidad con el folio 50N-20163385. Por Oficio 50N2013IE02793 del 30 de octubre de 2013, el Coordinador Jurídico remite el citado turno de corrección a la sección de abogados especializados.

PRUEBAS

Conforman el acervo probatorio: Impresión simple del (os) folio (s) de Matrícula Inmobiliaria 50N-20177217 y 50N-20163385; memorial suscrito por Rosa Elena Gómez Triana radicado el 23 de julio de 2013 bajo consecutivo 50N2013ER18620; oficio 50N2013EE31594 de octubre 22 de 2013 dirigido al Juzgado 64 Civil Municipal de Bogotá con sello de recibido; copia del oficio 50N2013EE31594 de octubre 22 de 2013 suscrito por el Coordinador Grupo Jurídico, dirigido al Juzgado 64 Civil Municipal de Bogotá; oficio RDN 2201 de 29 de octubre de 2013 suscrito por la Registradora Delegada dirigido al Coordinador Jurídico; oficio 50N2013IE02793 del 30 de octubre de 2013 suscrito por el Coordinador Jurídico dirigido a la sección de abogados especializados; oficio 50N2014EE06982 del 28 de febrero de 2014 suscrito por el Coordinador Jurídico, dirigido a Rosa Elena Gómez Triana; telegramas dirigidos al Centro de Exhibición Comercial Ltda. y Centro Comercial San Andresito Norte Ltda.; copia de la orden de servicio número 1481732 de 2013 en la que consta envío Oficio 50N2013EE06982 y publicación del auto 0117 de 2013 en el Diario Oficial, ejemplar del 18 de marzo de 2014.

CONSIDERACIONES

1. La realidad jurídica

Conforme lo preceptuado en el artículo 2º de la Ley 1579 de 2012, la función registral se...

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