MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA Decreto número 4840 de 2xx8, por el cual se modifica el Decreto 4656 de 20xx. - 24 de Diciembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50543837

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA Decreto número 4840 de 2xx8, por el cual se modifica el Decreto 4656 de 20xx.

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín47213

NUMERO 4828 DE xxxx (diciembxx 24) por el cual se expide el regimen de garantias en la Contratacion de la Axxxxxxxxxxxxx Pxxxxxx.

El Presidente de la Repubxxxx de Colomxxx, en ejercxxxx de sus facultades constitxxxxnales y, en exxxxxxx, de las conferidas por el numeral 11 del artxxxxx 189 de la Cxxxxxxxxxxx Polxxxxx y por el articulo 7° de la Ley 1150 de 2007, DECRETA:

CAPIXXXX X Disposxxxxxxx generales

Articulo 1° Campo de aplicacion

Las disposiciones del presente decreto regulan los mecanismos de cobertura del riesgo ex los conxxxxxx regidos por la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, por medio de los cuales se garantxxx el cumplimiento de las obligaciones surgidas en favor de las entidades pubxxxxx con ocasion de (i) la presenxxxxxx de los ofrecimientos, y (ii) los contratos y de su lxxxxxxxxxx;

(iii) asi como los xxxxxxx a los que se encuentran expuestas las entidades publicas contratantes derivados de la responsabilidad extracontractual que para ellas puxxx suxxxx por lxx actuaciones, hechos u omisixxxx de sus xxxxxxxxxxxx y subxxxxxxxxxxxx, de conformidad cox lo dispuesto en xx articulo 7° de la Ley 1150 de 2007, sin perjuicio de las disposiciones especiaxxx propxxx de cada uno de los instrumexxxx juridicos aqui prxxxxxxx.

Las norxxx cxxxxxxxxx ex el presente capitxxx son aplicables a todos los mecanismos de cobertura del riesgo sxxxxxxxx en el prxxxxxx decreto.

Xxxxxxxxx. El presente decreto no contiene reglamentacion sobre los riesgos a que se refixxx el articulo 4° de xx Ley 1150 de 200x.

Articulo 2° Mecxxxxxxx de cobertura del riesgo

Se entiende por mecanismo de cobertura del riesgo el instrumento otoxxxxx por los oferentes o por el contratista de una entidad publica contratante, en favor de esta o xx favor de terceros, cxx el objeto de garantizar, enxxx otros (i) la seriedad de su ofrecimiento;

(ii) el cumplimiento de las obligaxxxxxx que para aquel surjxx del contrato y de su liqxxxxxxxx;

(iii) la responsaxxxxxxx exxxxxxxxxxxxxxx que pueda surgxx para la administrxxxxx por las actuaciones, hechos u omxxxxxxx de sus contratistas o subcontratistax;

y (iv) los dexxx xxxxxxx a que se encxxxxxx expuxxxx la administracion segun el contraxx.

El mecxxxxxx de cobertura xxx riesgo xx por regla general inxxxxxxxxx, y solo en los eventos previstos en el presente decreto, la garantxx otorgada podra ser dividida por etapas contractualex.

Paragrafo. Cuando el ofrecimientx sea pxxxxxxxxx por xx proponente plural bajo lx figura de Union Temporal, Cxxxxxxxx x Cxxxxxxx de Asxxxxxxxx Futura, la garantia deberx ser otorgada por todox lox integrantes del proponente plural.

Articulo 3° Claxxx de garantias

En los pxxxxxxx de contratacion lox oferentes o contratistas podran otorgar, como mxxxxxxxxx de cxxxxxxxx del riesgo, cualquiera de las siguientes garantias: 3.1 Poliza de seguros 3.2 Xxxxxxx mercantil en garantia 3.3 Garantia bancaria a primer requerimiento 3.4 Endoso en garantix de titulos vaxxxxx 3.5 Deposito de dinerx en xxxxxxxx.

Lo anterior, sin perjuicio de que la responsabilidad extracontractual de la administracion derxxxxx de las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistax o subcontratistas solo puede ser amparaxx mediante polizx de seguro.

El monto, vigencia y amparos o coberturas de las garantias se determinaran teniendo en cuentx ex objeto, la naturaleza y las caracxxxxxxxxxx de xxxx contrato, los riesgos que se deban cubrir y las reglas del presente decreto.

En los procesos xx contratacion, las personas naturales o juridicax extranjeras sin domicilio o sucursal en Coloxxxx podran otorgar, como garantias, cartas xx credito stand by expedidas en el exterior.

Arxxxxxx 4°. Riesgos a amparar derivados del incumplimiento de obligaciones. La garantia debera amxxxxx xxx perjuicios que se deriven del incumplimiento del ofrxxxxxxxxx o del incumpxxxxxxxx del contrato, segxx sea el caso, y que, de manera enunciativa se señaxxx en el presente articulo: 4.1 Xxxxxxx derivadox del incumxxxxxxxxx xxx ofrecimiento: La garantia de seriedad de la oferta cubrira los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimixxxx, en los siguientes eventos: 4.1.1 La no suscripcion del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccioxxxx.

4.1.2 La no ampxxxxxxx de la vigencia de la garantia de seriedad de la oferta cuando el termino previsto en lox plixxxx para la adjudicacion del contrato se prorrxxxx o cuando el terxxxx previsto para la suscripcion del contxxxx se prorrogue, sxxxxxx y cuando esas prxxxxxxx xx xxxxxxx un termino de tres meses.

4.1.3 La falta de otorgamiento pxx parte del xxxxxxxxxx seleccionado, de la garxxxxx de cumplimiento exigida por la entidax para amparar el incumplimiento de las obligaxxxxxx del contrato.

4.1.4 El xxxxxx de la oferta despues xx vencido el termino fijado para la presentacion dx las propuestas.

4.1.5 La falta de pago de los derechos de publicacion en el Xxxxxx Unico de Contrxxxxxxx previstox como rxxxxxxxxx de legalizacxxx del contrato.

4.2 Riesgos derivados dxx incumplimientx de las obligaciones coxxxxxxxxxxx: La garantia de cxxxxxxxxxxx de las obligaciones cubrira los pexxxxxxxx derivados del incumplimiento de las obligacioxxx legales o contractuales del contratista, asi: 4.2.1...

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