Resolución Número 003801 de 2008, octubre 6, por la cual se efectúa una convocatoria para la entrega de ayudas técnicas - movilidad y mobiliario - en la modalidad de subsidio económico indirecto de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional que se otorga a través del Programa de Protección Social al Adulto Mayor, PPSAM - 6 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47000367

Resolución Número 003801 de 2008, octubre 6, por la cual se efectúa una convocatoria para la entrega de ayudas técnicas - movilidad y mobiliario - en la modalidad de subsidio económico indirecto de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional que se otorga a través del Programa de Protección Social al Adulto Mayor, PPSAM

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín47137

El Ministro de la Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los artículos 2° del Decreto-ley 205 de 2003 y 31 del Decreto 3771 de 2007, modificado por el Decreto 3550 de 2008, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 003123 de 2008, este Despacho estableció la cobertura y efectuó una convocatoria para la entrega de ayudas técnicas-movilidad, mobiliario y comunicación, en la modalidad de subsidio económico indirecto de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional que se otorga a través del Programa de Protección Social al Adulto Mayor, PPSAM;

Que el artículo 1° de la mencionada resolución señaló que el Ministerio de la Protección Social otorgaría para la presente vigencia, ayudas técnicas representadas en diez mil (10.000) lentes intraoculares y quince mil (15.000) ayudas técnicas de movilidad y mobiliario;

Que el artículo 6° de la misma resolución estableció un (1) mes de plazo, contado a partir de su entrada en vigencia, para que los beneficiarios presentaran la solicitud con los documentes requeridos, el cual venció el 21 de septiembre de 2008, quedando aún cupos disponibles para otorgar ayudas técnicas de movilidad y mobiliario, por lo que se hace necesario efectuar otra convocatoria para su entrega, manteniendo las condiciones y requisitos establecidos en la Resolución 003123 de 2008;

Por lo anteriormente expuesto, RESUELVE:

Artículo 1°

Convocatoria y plazo.

Las personas a las que se refiere el artículo 1° de la Resolución 003123 de 2008, que aspiren a obtener el subsidio económico indirecto representado en ayudas técnicas de movilidad y mobiliario, tendrán un plazo de dos (2) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, para tramitar solicitud ante las oficinas regionales del actual administrador fiduciario del Fondo de Solidaridad Pensional -Consorcio Prosperar-, La presente convocatoria se regirá por los parámetros, condiciones y requisitos definidos en la Resolución 003123 de 2008.

Artículo 2°

Selección y asignación de subsidios.

El Ministerio de la Protección Social, seleccionará a los beneficiarios de este subsidio, teniendo en cuenta los criterios de priorización previstos en el artículo 33 del Decreto 3771 de 2007 y asignará los subsidios proporcionalmente de acuerdo con el número de solicitudes a nivel regional y la disponibilidad presupuestal para la actual vigencia...

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