Resolución número 0164 de 2013, por la cual se modifica el inciso segundo del artículo 2º de la Resolución número 0025 del 21 de febrero de 2013 - 24 de Julio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 450569130

Resolución número 0164 de 2013, por la cual se modifica el inciso segundo del artículo 2º de la Resolución número 0025 del 21 de febrero de 2013

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín48861

El Director de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 18 del Decreto Ley 210 de 2003 modificado por el Decreto número 4269 de 2005 y el artículo 6º del Decreto número 4048 de 2008 modificado por el Decreto número 1321 de 2011,

CONSIDERANDO:

Que corresponde a la Dirección de Comercio Exterior desarrollar las funciones de ejecución, control y vigilancia de la política de comercio exterior en materia de trámites y procedimientos de comercio exterior, así como expedir los actos administrativos o las instrucciones sobre las materias de su competencia y realizar las operaciones a que haya lugar para el adecuado desarrollo de sus funciones.

Que el Decreto número 4406 de 2004 establece en su artículo 3º que las declaraciones de importación que se presenten ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales deberán observar las descripciones mínimas de las mercancías objeto de importación establecidas por la Dirección de Comercio Exterior. Lo anterior, sin perjuicio de las normas que sobre descripciones en las declaraciones de importación profiera la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que mediante Resolución número 0025 de 2013, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en el marco de sus competencias, señalaron las descripciones mínimas de las mercancías objeto de importación.

Que el inciso segundo del artículo de la Resolución número 0025 de 2013 excluye de lo dispuesto en la citada resolución, a todas las importaciones que se realicen al amparo de licencias anuales hasta el 31 de mayo de 2013, indicando a su vez, que estarán sujetas al cumplimiento de la descripción de mercancías a partir del 1º de junio de 2013.

Que teniendo en cuenta que las descripciones mínimas se establecen para la individualización e identificación de las mercancías importadas al territorio nacional, y que los usuarios de comercio exterior que utilizan licencias anuales argumentando dificultades para la obtención de algunas características exigidas para unas mercancías...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR