Acuerdo número 015 de 2003, por medio del cual se modiica el parágrafo 2° del artículo 12 del Acuerdo 001 de 1994 y el artículo 1° del Acuerdo 004 del 12 de abril de 2000 del Consejo Superior Universitario.
Emisor | Entes Universitarios Autónomos |
Número de Boletín | 48023 |
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DI A RI O O FI C IA L
ACUERDO NÚMER O 015 DE 2003
En ausencia del Minist ro de Educación Nacional o de
su delegado, presidirá las sesiones de Consejo Superior Universitario el design ado
del Presidente de la Repú blica; en ausencia de estos, los miembros asist entes desig-
narán por votac ión libre y espontánea y por ma yoría simple a uno de los miemb ros
presentes par a que presida la sesión.
Artículo 2°.
ACUERDO NÚMER O 023 DE 2003
Los Vicerrectores deben reunir las mismas calidades
y requisitos exigidos para ser Rector, exceptuando el Vicerrector Administrativo que
debe cumplir los siguientes requisitos :
ACUERDO NÚMER O 014 DE 2004
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