Auto número 0402 de 2008, por medio del cual se admite y avoca conocimiento de solicitud de trámite de permiso de aprovechamiento forestal de árboles aislados, presentada por la Unión Temporal Puerto Caicedo Módulo 1, con NIT 900.191.526-5, a través de su Representante Legal Suplente y apoderado, el señor Germán Higuera Vargas, identificado con cédula de ciudadanía número 19258724 expedida en Bogotá (Cundinamarca), para el proyecto 'Mejoramiento y pavimentación de la carretera Santa Ana-Mocoa, sector Puerto Caicedo-Puerto Umbría, Ruta 45 Tramo 4502 Módulo 1' - 16 de Enero de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51638464

Auto número 0402 de 2008, por medio del cual se admite y avoca conocimiento de solicitud de trámite de permiso de aprovechamiento forestal de árboles aislados, presentada por la Unión Temporal Puerto Caicedo Módulo 1, con NIT 900.191.526-5, a través de su Representante Legal Suplente y apoderado, el señor Germán Higuera Vargas, identificado con cédula de ciudadanía número 19258724 expedida en Bogotá (Cundinamarca), para el proyecto 'Mejoramiento y pavimentación de la carretera Santa Ana-Mocoa, sector Puerto Caicedo-Puerto Umbría, Ruta 45 Tramo 4502 Módulo 1'

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Territorial Putumayo
Número de Boletín47234
21
Edición 47.234
Viernes 16 de enero de 2009 DIARIO OFICIAL
AUTO DTP NUMERO 318 DE 2007
(agosto 1°)
por medio del cual se admite y avoca conocimiento de la solicitud de trámite de un permiso
para aprovechamiento forestal persistente, presentado por el señor Abelardo Perea Racines,
identicado con cédula de ciudadanía número 4732472 expedida en Patía (Cauca) en un pre-
dio de dominio público, denominado “El Ceibo”, Vereda El Quebradón, municipio de Orito,
departamento del Putumayo.
El Director Territorial Putumayo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de
la Amazonia, Corpoamazonia, en uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias,
especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993, artículo 31, numerales 2 y 17, y artículo 35,
concordantes con el artículo 85 de la misma ley, Decreto 1791 de 1996, artículos 74 y 75, Reso-
lución 0542 del 15 de junio de 1999, artículos 12 a 14 y 0190 de marzo 14 de 2003 y Acuerdo
número 002 de febrero 5 de 2005, y
TENIENDO EN CUENTA:
DISPONE:
Artículo 1°. Admitir y avocar conocimiento de la solicitud presentada por el señor Abelar-
do Perea Racines, identicado con cédula de ciudadanía número 4732472 expedida en Patía
(Cauca), solicitud de trámite de permiso de aprovechamiento forestal persistente, en un área de
90 hectáreas, en un predio público denominado “El Ceibo”, Vereda El Quebradón, municipio
de Orito, departamento del Putumayo, de las especies: Achapo (Cedrelinga cateniformis),
Amarillo (Nectandra cuspidata), Arenillo (Erisma uncinatum), Bilibil (Guarea cinnamomea),
Caimo (Pouteria caimito), Caracolí (Osteophloeum platyspermum), Guamo Churimbo (Inga
sp.), Churimbo (Inga acrocephala), Guarango rayado (Parkia multijuga), Sangretoro (Virola
duckei) por el sistema de entresaca selectiva, en un término de 18 meses.
Artículo 2°. Entréguese al señor Abelardo Perea Racines términos de referencia para la
elaboración del Plan de Manejo Forestal, el cual debe ser entregado antes de 60 días calendario;
de lo contrario se entenderá como desistimiento de la solicitud.
Artículo 3°. La admisión de la solicitud dispuesta en este auto no obliga a Corpoamazonia
a otorgar el permiso solicitado sin previo concepto técnico de evaluación y demás requisitos
legales.
Artículo 4°. Entréguese al señor Abelardo Perea Racines, de ser necesario, la solicitud de
información adicional dentro de los 20 días hábiles siguientes a la entrega del Plan de Aprove-
chamiento Forestal, si transcurridos dos meses a partir del requerimiento de dicha información,
esta no ha sido aportada se entenderá que se ha desistido de la solicitud.
Artículo 5°. Desígnese a la Unidad Operativa Zona Petrolera para que liquide, notique,
realice visita técnica de evaluación y demás trámites que implica el permiso de aprovechamiento
forestal.
Artículo 6°. Todos los costos que se ocasionen en el trámite de este permiso de aprovecha-
miento forestal persistente, correrán a cargo del señor Abelardo Perea Racines, quien deberá
cancelar por concepto de visita técnica de evaluación el valor liquidado conforme a lo estipu-
lado en la Resolución 029 del 14 de enero de 2004, de Corpoamazonia, y que deberá consignar
a favor de Corpoamazonia en la Cuenta Corriente número 079200009284 del Banco Agrario
sucursal Orito.
Artículo 7°. Notifíquese personalmente o en su defecto por edicto del contenido del presente
auto al señor Abelardo Perea Racines, identicado con cédula de ciudadanía número 4732472
expedida en Patía (Cauca).
Artículo 8°. Publíquese el encabezado y la parte resolutiva del presente auto en el Boletín
Ocial de Corpoamazonia, y en el Diario Ocial, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a
la ejecutoria del presente auto y allegar el correspondiente recibo de consignación a la Territorial
Putumayo, para que obre dentro del Expediente PE06-86-320-X-001-037-07; de no publicarse
el contenido del auto en el término establecido se entenderá desistimiento por parte del usuario
y se procederá al cierre del expediente.
Artículo 9°. Compulsar copias a la Procuraduría Judicial, Agraria y Ambiental de Nariño y
Putumayo, para lo de su competencia y nes pertinentes.
Artículo 10. El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Mocoa, a 1° de agosto de 2007.
El Director Territorial Putumayo,
Leonel Ceballos Ruiz.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0053529. 8-X-2007.
Valor $207.900.
AUTO DTP NUMERO 0561 DE 2007
(octubre 26)
por medio del cual se admite y avoca conocimiento de la solicitud para el trámite de permiso
de estudio de investigación cientíca en diversidad biológica, presentada por la señora Luisa
Fernanda Casas Caro, identicada con cédula de ciudadanía 52697216 expedida en Bogotá,
D. C., en los municipios del Valle de Sibundoy, departamento del Putumayo.
El Director Territorial Putumayo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur
de la Amazonia, Corpoamazonia, en uso de sus facultades legales, especialmente las conferi-
das por la Ley 99 de 1993, artículo 31, numerales 2 y 17, concordante con el artículo 85 de la
misma ley, Decreto 309 de 2000, artículos 2° y 6°, Resolución 068 de 2002, artículos 2°, 3° y
15, Resolución 0542 del 15 de junio de 1999 y número 0190 de marzo 14 de 2003, Resolución
1207 de 2003 y Acuerdo 002 de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Decreto 309 de 2000 artículo 2°, las personas naturales o jurídicas que
pretendan adelantar un proyecto de investigación cientíca en diversidad biológica que involucre
alguna o todas las actividades de colecta, recolecta, captura, caza, pesca, manipulación del recurso
biológico y su movilización en el territorio nacional, deberán obtener permiso de estudio, el cual
incluirá todas las actividades solicitadas.
Que el 9 de octubre de 2007, en la sede Central de Corpoamazonia, se recibió de la señora
Luisa Fernanda Casas Caro, identicada con la cédula de ciudadanía 52697216 de Bogotá, D.
C., solicitud del trámite de permiso de estudio de investigación cientíca en diversidad biológica,
en los municipios del Valle de Sibundoy.
Que el 19 de octubre de 2007 se radicó en la Dirección Territorial Putumayo la solicitud de
permiso de estudio de investigación cientíca en diversidad biológica (folios 1-12) y que esta
solicitud se identicó bajo el Código PE-06-86-749-X-009-013-07.
Que la señora Luisa Fernanda Casas Caro ha presentado la información y documentación
necesarias para iniciar el trámite de permiso de estudio de investigación cientíca en diversidad
biológica, el cual anexa el Formato N° 1, certicación de presencia de comuidades indígenas y/o
negras en el área del proyecto de investigación por parte del Ministerio del Interior y de Justicia,
solicitud para protocolización de consulta previa, Convenio de Cooperación número 37 entre el
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y Artesanías de Colombia S.A.
Que según la solicitud la investigación se denomina “Diagnóstico ambiental y sociocultural de
materias primas vegetales y usos tradicionales para la producción artesanal en el alto Putumayo”,
dentro del marco de los proyectos “Habilitación, uso y manejo sostenible de materias primas
vegetales y ecosistemas relacionados utilizados en artesanías de Colombia” y “Fortalecimiento
de la actividad artesanal de las familias Guardabosques vinculadas al Programa Presidencial
contra los Cultivos Ilícitos, municipios Sibundoy, Santiago, Colón y San Francisco”.
Que el objetivo de la investigación es levantar la información relacionada con los usos arte-
sanales de materias primas vegetales maderables y no maderables, en los municipios de Colón,
Santiago, Sibundoy y San Francisco (folio 2).
Que la solicitud tiene como propósito la colecta de muestras botánicas de diferentes especies
utilizadas para la elaboración de artesanías para su identicación y estudio.
Que de acuerdo a la certicación del Ministerio del Interior y de Justicia sobre presencia
de comunidades indígenas y/o negras en el área del proyecto de investigación, se registran las
comunidades indígenas de Cabildo Camentsa de San Francisco, Comunidad Inga de Colón,
Comunidad de San Andrés e Inga de Santiago, Cabildo Kamentsa en Sibundoy pertenecientes
al Resguardo del Valle de Sibundoy y el Resguardo Parte Alta del Valle de Sibundoy (folio 5).
Que de acuerdo al Decreto 1320 de 1998 Capítulo IV artículos 15, 16 y 17, para permisos
de uso, aprovechamiento y afectación de recursos naturales renovables, la autoridad ambiental
competente informará al Ministerio del Interior y coordinará la reunión de consulta previa, dentro
de los treinta (30) días siguientes a la fecha de recibo de la solicitud.
Que en virtud de lo anterior, se
DISPONE:
Artículo 1°. Admitir y avocar conocimiento de la solicitud presentada por la señora Luisa
Fernanda Casas Caro, identicada con la cédula de ciudadanía 52697216 expedida en Bogotá,
D. C., solicitud de permiso de estudio de investigación cientíca en diversidad biológica, en los
municipios del Valle de Sibundoy.
Artículo 2°. La admisión de la solicitud dispuesta en este auto no obliga a Corpoamazonia
a otorgar el permiso solicitado sin previo concepto técnico de evaluación y demás requisitos
legales.
Artículo 3°. Desígnese a la Unidad Operativa Piedemonte Amazónico para que notique y
realice los trámites que implica el permiso de estudio de investigación cientíca en diversidad
biológica.
Artículo 4°. Todos los costos que se ocasionen en el trámite de la presente solicitud correrán
a cargo del solicitante, la señora Luisa Fernanda Casas Caro la cual deberá cancelar por concepto
de evaluación el valor de noventa mil pesos ($90.000), conforme a la Resolución 0029 del 14
de enero de 2004, en la Cuenta Corriente número 79030011195 del Banco Agrario Sucursal de
Mocoa o en la Ocina de Tesorería de la sede central de Corpoamazonia sede Mocoa.
Artículo 5°. Notifíquese personalmente del contenido del presente auto a la señora Luisa
Fernanda Casas Caro.
Artículo 6°. Efectúese las respectivas consultas de acuerdo con lo establecido en la Ley 99
de 1993 y el Decreto Reglamentario 1320 de 1998, para que se pronuncien al respecto.
Artículo 7°. Publíquese el contenido del presente auto en el Boletín Ocial de Corpoama-
zonia, y en el Diario Ocial, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ejecutoria del
presente auto y allegar el correspondiente recibo de consignación a la Territorial Putumayo, para
que obre dentro del Expediente PE06-86-749-X-009-013-07; de no publicarse el contenido del
auto en el término establecido se entenderá desistimiento por parte del usuario y se procederá
al cierre del expediente.
Artículo 8°. El presente auto rige a partir de la fecha de su noticación.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Mocoa, a 26 de octubre de 2007.
El Director Territorial,
Braulio Leonel Ceballos Ruiz.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Davivienda 0533881. 8-XI-2007. Valor $62.900.
AUTO DTP NUMERO 0402 DE 2008
(julio 17)
por medio del cual se admite y avoca conocimiento de solicitud de trámite de permiso de
aprovechamiento forestal de árboles aislados, presentada por la Unión Temporal Puerto
Caicedo Módulo 1, con NIT 900.191.526-5, a través de su Representante Legal Suplente y
apoderado, el señor Germán Higuera Vargas, identicado con cédula de ciudadanía número
19258724 expedida en Bogotá (Cundinamarca), para el proyecto “Mejoramiento y pavimen-
tación de la carretera Santa Ana-Mocoa, sector Puerto Caicedo-Puerto Umbría, Ruta 45
Tramo 4502 Módulo 1”.
El Director Territorial Putumayo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de
la Amazonia, Corpoamazonia, en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por

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