Resolución número 0419 de 2014, por medio de la cual se establece el monto de las garantías que deben constituir las empresas de servicios marítimos - 2 de Septiembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 526534054

Resolución número 0419 de 2014, por medio de la cual se establece el monto de las garantías que deben constituir las empresas de servicios marítimos

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49262

El Director General Marítimo, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el numeral 4 del artículo 2º del Decreto número 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 11 del artículo del Decreto-ley 2324 de 1984 faculta al Director General Marítimo para autorizar, inscribir y controlar el ejercicio profesional de las personas naturales y jurídicas dedicadas a las actividades marítimas;

Que el numeral 4 del artículo 2º del Decreto número 5057 de 2009 establece como función del Director dictar las reglamentaciones técnicas para las actividades marítimas, la seguridad de la vida humana en el mar, la prevención de la contaminación marina proveniente de buques, así como determinar los procedimientos internos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la Dirección General Marítima;

Que el artículo 99 del Decreto número 19 de 2012 dentro de los requisitos para expedir la licencia de explotación comercial a las empresas dedicadas a la prestación de servicios marítimos, establece la constitución de un seguro de cumplimiento de disposiciones legales y responsabilidad civil extracontractual;

Que mediante Resolución número 282 del 28 de mayo de 2012 se establecieron los montos de las garantías que deben constituir las empresas de servicios marítimos;

Que se hace necesario modificar la resolución anterior con fundamento en el resultado del análisis actuarial de evaluación de riesgos, de acuerdo con las actividades que cada una de estas empresas desempeña;

Que en mérito de lo anterior, el Director General Marítimo,

RESUELVE:

Artículo 1º Seguros de cumplimiento.

Para efectos de inscribir o renovar la Licencia de Explotación Comercial a las empresas de servicios marítimos, los interesados constituirán a favor de la Nación - Ministerio de Defensa Nacional - Dirección General Marítima - una garantía bancaria o póliza de Compañía de Seguros legalmente inscrita ante la Superintendencia Financiera, para responder por el cumplimiento de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR