Por medio de oficio radicado en esta entidad el 11 de febrero de 2008 bajo el NURC 8026-1-0365260, la Inspectora de Trabajo de la Dirección Territorial del Valle del Cauca del Ministerio de Protección Social, trasladó para lo de nuestra competencia, la diligencia administrativa adelantada contra Multiservicios Ler Ltda., y los documentos soportes originados de la queja interpuesta por Pablo Emilio Ríos. - 25 de Junio de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 210723827

Por medio de oficio radicado en esta entidad el 11 de febrero de 2008 bajo el NURC 8026-1-0365260, la Inspectora de Trabajo de la Dirección Territorial del Valle del Cauca del Ministerio de Protección Social, trasladó para lo de nuestra competencia, la diligencia administrativa adelantada contra Multiservicios Ler Ltda., y los documentos soportes originados de la queja interpuesta por Pablo Emilio Ríos.

EmisorEstablecimientos Públicos - Dirección Nacional de Cobro Jurídico de Salud Total
Número de Boletín47751

esta entidad el 11 de febrero de 2008 bajo el NURC 8026-1-0365260, la Inspectora de Trabajo de la Direccion Territorial del Valle del Cauca del Ministerio de Proteccion Social, traslado para lo de nuestra competencia, la diligencia administrativa adelantada contra Multiservicios Ler Ltda., y los documentos soportes originados de la queja interpuesta por Pablo Emilio Rios, por lo tanto, esta entidad avoco el conocimiento con el fin de determinar la violacion de los deberes consagrados en el articulo 161 de la Ley 100 de 1993 y demas normas reglamentarias por parte de la empresa Multiservicios de Seguridad Ler Ltda., identificada con el NIT 900.099.691, con domicilio en la carrera 9 N° 15-35 Local M 14 A Centro Comercial Petecuy de Cali, Valle del Cauca.

Una vez valorado el material probatorio contenido en el expediente radicado con el NURC 8026-1-0365260, este Despacho en cumplimiento de las funciones señaladas en el articulo 230 de la Ley 100 de 1993, el Decreto 1018 de 2007, en armonia con el articulo 29 de la Constitucion Politica, la Ley 1122 de 2007 y el articulo 68 de la Ley 715 de 2001, con objetivo de definir la investigacion administrativa que cursa en esta Superintendencia, sobre hechos presuntamente violatorios a las prescripciones señaladas en el articulo 161 de la Ley 100 ibidem y demas normas reglamentarias, con toda atencion, le solicita explicar los siguientes interrogantes: Cargo Primero Explique por que razon, tal como consta en la diligencia administrativa ante el Ministerio Proteccion Social, usted como empleador reporto la novedad de retiro extemporaneamente del señor Pablo Emilio Rios Escobar, identificado con cedula de ciudadania numero 14279238 en febrero de 2008, teniendo en cuenta que mantuvo relacion laboral con el señor Rios Escobar hasta el 1° de octubre de 2007.

Cargo Segundo Explique por que razon, tal como consta en la certificacion expedida por S.O.S E.P.S, usted pago extemporaneamente los aportes en salud del señor Pablo Emilio Rios Escobar, identificado con cedula de ciudadania numero 14279238, en los siguientes periodos: PERIODO FECHA DE PAGO 2007/02 14/02/2007 2007/06 19/06/2007 2007/07 19/07/2007 2007/08 24/08/2007 2007/09 26/10/2007 2007/10 13/02/2008 Cargo Tercero Explique por que razon, tal como consta en la certificacion expedida por S.O.S E.P.S, usted no pago o lo hizo en forma extemporanea, los aportes en salud del señor Pablo Emilio Rios Escobar, identificado con cedula de ciudadania numero...

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