Alcaldía Municipal de Imués - Nariño. Aviso de prensa - 25 de Enero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 75514904

Alcaldía Municipal de Imués - Nariño. Aviso de prensa

Número de Boletín47603

Enero 25 de 2010 La Alcaldia Municipal de Imues - Nariño, invita a todas las Personas Naturales y Juridicas a presentar ofertas en el proceso de contratacion para la "REFORESTACION DE 110 HAS CON ESPECIES FORESTALES PRODUCTORAS - PROTECTORAS EN LAS MICROCUENCAS DEL MUNICIPIO DE IMUES, DEPARTAMENTO DE NARIÑO", que se adelantara mediante Licitacion Publica, el valor se estima en la suma de trescientos ochenta y siete millones trescientos treinta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y un pesos m/cte ($387.334.481.00), valor en el cual se Incluyen los gastos por concepto de Administracion, Utilidad e Imprevistos, esto es, los costos indirectos (A.U.I.). El Proyecto de Pliegos de Condiciones y sus observaciones, al igual que los Estudios y Documentos Previos pueden ser, consultados a traves del SECOP Sistema Electronico de Contratacion Publica - Portal Unico de Contratacion: www.contratos.gov.co, y/o en la Secretaria de Planeacion Municipal, a partir de la fecha del dia veinticinco (25) del mes de enero del año dos mil diez (2010) y en medio fisico en el horario previsto para atencion al publico referente al presente proceso de seleccion, por el lapso de diez (10) dias habiles tiempo en el cual los interesados y el publico en general pueden realizarle observaciones. El Acto Administrativo de Apertura del proceso se realizara en la fecha del dia cinco (5) del mes de febrero del año dos mil diez (2010), fecha en la cual se publicara el Pliego de Condiciones Definitivo, protocolizando el cierre del Proceso en la fecha del dia diez (10) del mes de febrero del año dos mil diez (2010), a las cuatro (4) de la tarde (p. m.) y llevandose a cabo La Audiencia de Adjudicacion en la fecha del dia veintiuno (21) del mes de febrero del año dos mil diez (2010).

El Alcalde Municipal, (DA-0339568-9) Yomar Miguel Piscal Nastar. 21 Publiquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 25 de enero de 2010.

El Ministro de la Proteccion Social, Diego Palacio Betancourt. (C.F.) RESOLUCION NUMERO 000424 DE 2009 al El Ministro de la Proteccion Social, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las que le confieren el Decreto-ley 254 de 2000, la Ley 1105 de 2006, el Estatuto Organico del Sistema Financiero Decreto-ley 663 de 1993, y los Decretos 2151 de 2003 y 4848 de 2007, y CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto 2151 de 2003, traspaso al Ministerio de la Proteccion Social los bienes, derechos y obligaciones de la extinta Prosocial, debiendo este Organismo asumir las acciones, procedimientos, tramites y demas actividades faltantes para concluir el proceso liquidatorio de la entidad. Que por su parte, el articulo 1° del Decreto-ley 254 de 2000 modificado por la Ley 1105 del 2006, dispone su aplicacion referente a las entidades publicas del orden nacional respecto a las cuales se haya ordenado su supresion o disolucion, escenario en el que se enmarca la Promotora de Vacaciones y Recreacion Social, Prosocial, en liquidacion, y en lo no previsto en el deberan aplicarse, en lo pertinente, las disposiciones del Estatuto Organico del Sistema Financiero y las normas que lo desarrollan, modifican o complementan. Que de conformidad con lo expuesto, el procedimiento aplicable al proceso de liquidacion de la Promotora de Vacaciones y Recreacion Social, Prosocial, en liquidacion, se rige por el Decreto 2151 de 2003, el Decreto-ley 254 de 2000 modificado por la Ley 1105 del 2006 y las normas que lo desarrollan, modifican o complementan, asi como el Decreto-ley 663 de 1993, la Ley 510 de 1999 y el Decreto 2211 de 2004, en lo que sea compatible. Que mediante el Decreto 4848 del 18 de diciembre de 2007 el Gobierno Nacional Reglamento los articulos 30 y 31 del Decreto-ley 254 de 2000 modificados por los articulos 16 y 17 de la Ley 1105 del 2006. Que de acuerdo con los articulos 30 y 31 Decreto-ley 254 de 2000 modificados por los articulos 16 y 17 de la Ley 1105 del 2006 y el articulo 2° del Decreto 4848 de 2007, es competencia del Liquidador implementar una metodologia para determinar el valor de enajenacion inferior al avaluo de los activos de la Promotora de Vacaciones y Recreacion Social, Prosocial, en liquidacion, teniendo en consideracion las variables indicadas en el citado decreto e incorporando el costo de oportunidad del dinero y el valor presente neto de la administracion y mantenimiento de los activos. Que en desarrollo de lo dispuesto en los articulos 35 y 36 del Decreto 2211 de 2004, mediante la Circular Externa 004 del 2004 el Fondo de Garantias de Instituciones Financieras, Fogafin, establecio el procedimiento para el analisis de la relacion costo-beneficio en la enajenacion de activos de las instituciones financieras sometidas al proceso de liquidacion forzosa administrativa. Que revisadas las variables de la metodologia del calculo de la relacion costo-beneficio establecida mediante la Circular Externa 004 del 2004 de Fogafin y comparadas con las fijadas en el Decreto 4848 de 2007 se constato que las variables previstas en el Decreto 4848 de 2007 son iguales a las utilizadas en los procesos de liquidacion forzosa administrativa del sector financiero, solo que ampliadas y detalladas en algunos componentes de estas variables. Que en el Decreto 4848 de 2007 no se establecio una formula matematica especifica para efectuar el calculo de la relacion costo-beneficio y se autorizo a los liquidadores de las entidades publicas para que implementen la metodologia para determinar el valor de enajenacion inferior al avaluo de los activos. Que este Ministerio como liquidador de la Promotora de Vacaciones y Recreacion Social, Prosocial, en liquidacion, una vez evaluadas las variables previstas en el Decreto 4848 de 2007 y en la Circular Externa 004 del 2004 estima conveniente y procedente adoptar la metodologia de calculo de la relacion costo-beneficio descrita en los numerales la cuatro (4), cinco (5) y seis (6) de la mencionada Circular Externa 004 del 2004 de Fogafin, metodologia que al momento de aplicarse a los activos de la Promotora de Vacaciones y Recreacion Social, Prosocial, en liquidacion, se debera complementar con los componentes adicionados a estas variables en el Decreto 4848 de 2007 y las adiciones que se describen en la presente resolucion en consideracion al plazo de duracion del proceso liquidatorio de las entidades publicas establecido en el Decreto 254 de 2000. En merito de lo expuesto, el Ministerio de la Proteccion Social, actuando como liquidador de la Promotora de Vacaciones y Recreacion Social, Prosocial, en liquidacion, RESUELVE:

Articulo 1°

Adoptar la metodologia de calculo de la relacion costo-beneficio descrita en los numerales cuatro (4), cinco (5) y seis (6) de la Circular Externa 004 del 2004 del Fondo de Garantias de Instituciones Financieras, Fogafin, metodologia que al momento de aplicarse a los activos de la Promotora de Vacaciones y Recreacion Social, Prosocial, en liquidacion debera ser complementada con los componentes adicionados por el Decreto 4848 de 2007 a las variables previstas en la mencionada Circular Externa 004 del 2004 y las adiciones que se indican en el siguiente articulo de la presente resolucion. Articulo 2°. Adicionar a la metodologia de calculo de la relacion costo-beneficio descrita en los numerales cuatro (4), cinco (5) y seis (6) de la Circular Externa 004 del 2004 del las Fondo de Garantias de Instituciones Financieras, los siguientes parametros: a) La tasa de descuento prevista en la Circular Externa 004 del 2004 se aplicara asi: Tasa EA PERIODOS (i) MES MES DTF 1 A 4 DTF + 2% 4,0001 A 8 DTF + 3% 8,0001 A 60 b) La tasa de descuento prevista en el literal anterior se aplicara en forma proporcional numero de meses que conforman cada rango, de modo que se refleje la diferencia de aplicar el rango inferior o superior de cada categoria. c) Para el caso de los activos no saneados la tasa de descuento podra adicionarse hasta en dos (2) puntos adicionales a los previstos en el literal (a) anterior. En el evento en que surjan diferencias entre lo previsto en la Circular Externa 004 del 2004 y lo dispuesto en el Decreto 4848 de 2007 prevalecera lo previsto en el decreto por ser norma superior y especial. Articulo 3°. La presente resolucion debera publicarse en el Diario Oficial de conformidad con lo dispuesto en el articulo 46 del C.C.A. Dada en Bogota, D. C., a 19 de febrero de 2009. Publiquese y cumplase. El Ministro de la Proteccion Social, Diego Palacio Betancourt.

(C.F.) RESOLUCION NUMERO 002971 DE 2009 (agosto 14) por la cual se adopta el Manual de Imagen Institucional del Ministerio de la Proteccion Social.

El Ministro de la Proteccion Social, en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial de las conferidas por el numeral 4 del articulo 6° del Decreto numero 205 de 2003, y CONSIDERANDO:

Que se hace necesario que el Ministerio de la Proteccion Social adopte una identidad visual a traves de la definicion de una imagen institucional que lo identifique sin lugar a ambigüedades a fin de mantener una unidad visual corporativa y homogenizar...

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