Resolución número 0000377 de 2013, por la cual se adopta e implementa el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC) - 15 de Febrero de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 422552522

Resolución número 0000377 de 2013, por la cual se adopta e implementa el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC)

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín48705

La Ministra de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los numerales 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 2.4 del artículo 2º y 6.3 y 6.18 del artículo 6º del Decreto 087 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la política de libertad vigilada, el Ministerio de Transporte de manera coordinada con las empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de carga, desarrolladores de software (para empresas de transporte que tienen sistemas propios), los gremios del sector, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y la Superintendencia de Puertos y Transporte, diseñó una nueva herramienta tecnológica, para el registro automatizado de despachos de carga, con el fin de mejorar el proceso para la expedición del manifiesto de carga.

Que esta nueva herramienta permitirá optimizar el flujo de información acerca de la operación del transporte de carga, lo cual servirá de base para el monitoreo de las relaciones económicas por parte de los integrantes del sector de transporte de carga, a través del Sistema de Información para la Regulación del Transporte de Carga por Carretera (SIRTCC), así como para el control por parte de la autoridad competente, garantizando la seguridad en la prestación del servicio público de transporte de carga, a cargo de los particulares que se encuentran legalmente constituidos y debidamente habilitados por el Ministerio de Transporte.

Que la fuente principal para hacer una evaluación de los denominados mercados relevantes, tiene sustento en la información que las empresas reportan a través del registro de las operaciones de despacho de carga y bajo ese contexto, el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC) está construida con parámetros y validaciones en línea, que van a permitir que se generen controles sobre: La información de la empresa, la configuración de los vehículos, el viaje, origen-destino, los actores que intervienen en la operación, el valor a pagar y la variable de tiempos pactados y cumplidos, incluyendo una interfaz de reportes integrada al sistema SIRTCC.

Que el proyecto de resolución se publicó en la página web del Ministerio de Transporte desde el día 28 de diciembre de 2012, hasta el 16 de enero de 2013, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TÍTULO I OBJETO, CAMPO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES Artículos 1 y 2
Artículo 1º Adoptar e implementar el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC), para el registro de las operaciones de despachos de carga, el acceso al registro, el procedimiento para su elaboración y los mecanismos de control

El cual aplica para el transporte público terrestre automotor de carga.

Artículo 2º Para los efectos aquí previstos, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones.

Registro Nacional de Despachos de Carga: Es un sistema de información que a través del portal de internet http://rndc.mintransporte.gov.co/, recibe, valida y transmite las operaciones para el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Carga, el cual permitirá a las empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de carga, mayor eficiencia y agilidad en sus procesos internos, facilitando a los entes de control el seguimiento sobre la operación del transporte público, permitiendo además el monitoreo y cumplimiento de la política de libertad vigilada, en concordancia con lo establecido por el Decreto 2092 de 2012, a través del Sistema de Información para la Regulación del Transporte de Carga por Carretera (SIRTCC).

Operaciones en el REGISTRO NACIONAL DE DESPACHOS DE CARGA:

· Cita: Orden dada por el generador de la carga, donde se autoriza a la empresa de transporte de carga a recoger una mercancía, en un tiempo, cantidad, carga estimada...

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