Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Págs. Regional Bogotá Resolución número 0628 de 2011, por la cual se aprueba la reforma de estatutos a la entidad sin ánimo de lucro denominada Corporación para la atención integral de la niñez, la adolescencia, la mujer y la familia ?Pro-Nacer?. - 21 de Agosto de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 313355402

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Págs. Regional Bogotá Resolución número 0628 de 2011, por la cual se aprueba la reforma de estatutos a la entidad sin ánimo de lucro denominada Corporación para la atención integral de la niñez, la adolescencia, la mujer y la familia ?Pro-Nacer?.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín48168
DIARIO OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Año CXLVII No. 48.168 Edición de 12 páginas Bogotá, D. C., domingo, 21 de agosto de 2011 I S S N 0122-2112
NORMATIVIDAD
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
D E C O L O M B I A
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República de Colombia
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DIARIO OFICIAL
El
L I C I T A C I O N E S
Libertad y Orden
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Regional Bogotá
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 0628 DE 2011
(abril 11)
por la cual se aprueba la reforma de estatutos a la entidad sin ánimo de lucro
denominada Corporación para la atención integral de la niñez, la adolescencia,
la mujer y la familia “Pro-Nacer”.
El Director de la Regional Bogotá del Instituto Colombiano de Bienestar Fa-
miliar, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las refrendadas
Adolescencia, Decreto 276 de 1988, Decreto 2388 de 1979, Decreto 1422 de 1996,
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números 0255 del 19 de febrero de 1988, 0615 del 12 de abril de 1988 y 3899 de
8 de septiembre de 2010, que versan sobre la función de otorgar y reconocer las
personerías jurídicas a las Instituciones de utilidad común que presten el servicio
de Bienestar Familiar, y demás normas pertinentes emanadas del Instituto Colom-
biano de Bienestar Familiar.
CONSIDERA:
Primero: Que las normas orgánicas del ICBF regulan expresamente en forma
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otorgar, suspender y cancelar personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a
las instituciones del Sistema, en su condición de entidad rectora del mismo.
Segundo. Que según Decreto 276 del 9 de febrero de 1998, por medio de la cual
se aprobó el Acuerdo 004 de la misma fecha, en concordancia con las Resoluciones
255 de 19 de febrero, 615 del 12 de abril y 788 del 29 de abril de 1988, expedidas
por la Dirección General, se asignó al I.C.B.F. el Reconocimiento de Personerías
Jurídicas. Aprobación de Estatutos, inscripción de Representantes Legales y en
general lo relacionado con la inspección y vigilancia sobre las entidades vinculadas
al Sistema General de Bienestar Familiar.
Tercero. Que mediante Resolución Nº, 952 de fecha 30 de junio del 2005, ema-
nada por parte del Instituto Colombiano de Bienestar familiar, se reconoció perso-
nería jurídica y se aprobó estatutos de la entidad denominada Corporación para la
Atención Integral de la Niñez, la Adolescencia, la Mujer y la Familia “Pro-Nacer”.
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de ciudadanía número 52342294 expedida en Bogotá, actuando en su calidad de
Representante Legal de la Corporación para la Atención Integral de la Niñez, la
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mero 35256 del 13 de octubre del 2010, la aprobación de la reforma de estatutos,
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realizada el día 12 de octubre del 2010.
Quinto. Que examinados cuidadosamente los estatutos de la entidad denominada
Corporación para la Atención Integral de la Niñez, la Adolescencia, la Mujer y la
Familia “Pro-Nacer”, se reconoce la existencia de actividades relacionadas con la
protección preventiva y especial del menor, la garantía y protección de sus derechos
consideradas propias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, observándose que
se ajustan a la Constitución Política y a la Ley y no contravienen el orden Público,
la moral y las buenas costumbres.
Sexto: Que con fecha 6 de abril de 2011, el Coordinador del Grupo Jurídico de
la Regional, emitió Concepto favorable para la aprobación de estatutos solicitada,
por cumplirse los requisitos legales especialmente los señalados por la Resolución
número 3899 de 8 de septiembre de 2010, emanadas por parte de la Dirección
General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Que, en consideración a lo expuesto, esta Dirección Regional
RESUELVE:
Artículo 1°. Aprobar la Reforma Estatutaria a la entidad sin ánimo de lucro
denominada Corporación para la Atención Integral de la Niñez, la Adolescencia,
la Mujer y la Familia “Pro-Nacer”, adoptada mediante Acta número 14 del 12 de
octubre de 2010 de Asamblea General extraordinaria, con dirección en la Calle
132B número 139 - 94 en la ciudad de Bogotá.
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de su Representante Legal o su apoderado, dentro de los cinco (5) días siguientes
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con la inserción de la parte resolutiva de esta providencia.
Artículo 3°. Contra el presente Acto Administrativo procede el recurso de repo-
sición ante el Director Regional del ICBF el cual se deberá interponer por escrito
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de 1984 y en todo caso con sujeción a los requisitos establecidos en el artículo 52
del citado Decreto.
Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Notifíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C. a 11 de abril de 2011.
El Director Regional Bogotá,
Luis Ernesto Cortés Moreno.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Davivienda 0411363 22-VII-
2011. Valor $187.900.
RESOLUCIÓN NÚMERO 1000 DE 2011
(julio 5)
por la cual se otorga personería jurídica y aprueba reforma de estatutos a la
institución denominada fundación infantil crecer feliz
El director de la regional Bogotá del Instituto Colombiano de Bienestar Fami-
liar en uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial as refrendadas en
Adolescencia”, Decreto 276 de 1988, Decreto 2388 de 1979, Decreto 1422 de 1996,
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números 0255 del 19 de febrero de 1988, 0615 del 12 de abril de 1988 y 3899 de
8 de septiembre de 2010, que versan sobre la función de otorgar y reconocer las
personerías jurídicas a las Instituciones de utilidad común que presten el servicio
de Bienestar Familiar, y demás normas pertinentes emanadas del Instituto Colom-
biano de Bienestar Familiar.
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

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