Resolución número 0-2953 de 2007, por la cual se establecen las políticas generales de seguridad en la Fiscalía General de la Nación. - 10 de Septiembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51311016

Resolución número 0-2953 de 2007, por la cual se establecen las políticas generales de seguridad en la Fiscalía General de la Nación.

EmisorVarios
Número de Boletín46747

El Fiscal General de la Nacion, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las que le confiere el articulo 17 de la Ley 938 de 2004, y CONSIDERANDO QUE:

El articulo 11 de la Ley 938 de 2004, en su numeral 17, dispone que corresponde al Fiscal General de la Nacion: "Expedir reglamentos, ordenes, circulares y los manuales de organizacion y procedimientos conducentes a la organizacion administrativa y al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalia General de la Nacion";

Por su parte, el articulo 29 ibidem, dispone que la Direccion Nacional del Cuerpo Tecnico de Investigacion tiene, entre otras, las siguientes funciones: "Asesorar al Fiscal General de la Nacion en el diseño y planeacion de estrategias y procedimientos, en materia de seguridad y de comunicaciones requeridos por la Fiscalia General de la Nacion";

Teniendo en cuenta la mision constitucional y legal que cumple la Fiscalia General de la Nacion en ejercicio de la administracion de justicia, y el riesgo que dicha funcion representa en el Estado colombiano, la entidad debe establecer las politicas generales de seguridad que se aplican a las instalaciones donde funciona, asi como la seguridad de las personas que hacen uso de aquellas, entre otras, se hace necesario dictar el siguiente reglamento;

En consideracion de lo anterior, RESUELVE:

T I T U L O I DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1° Campo de aplicacion. La presente resolucion se aplica a todos los servidores de la Fiscalia General de la Nacion.
Articulo 2° Definicion

Las Politicas Generales de Seguridad constituyen el conjunto de directrices institucionales en materia de seguridad y prevencion que deben ser observadas en todas las instancias de la Fiscalia General de la Nacion.

Articulo 3° Finalidad

Las Politicas Generales de Seguridad estan encaminadas al desarrollo dinamico, unificado y armonico de medidas de seguridad tendientes a prevenir, detectar y neutralizar riesgos actuales y futuros en la Fiscalia General de la Nacion.

Articulo 4° Apoyo economico, tecnico y logistico

La Direccion Nacional Administrativa y Financiera destinara, con cargo al presupuesto de la entidad, los recursos economicos, tecnicos y logisticos necesarios para la prevencion de riesgos y la implementacion de medidas de seguridad institucional en desarrollo de las Politicas Generales de Seguridad en la Fiscalia General de la Nacion.

T I T U L O II MEDIDAS DE SEGURIDAD Desarrollo, ejecucion y control

Articulo 5° Desarrollo

Corresponde a la Direccion Nacional y Seccionales del Cuerpo Tecnico de Investigacion, a traves de la Seccion de Seguridad y soporte Logistico del Nivel Central y las jefaturas seccionales de seguridad, el desarrollo de medidas de seguridad tendientes a prevenir, detectar y neutralizar riesgos actuales y futuros en la Fiscalia General de la Nacion.

Articulo 6° Ejecucion y control

La Seccion de Seguridad y Soporte Logistico del Nivel Central y las jefaturas seccionales de seguridad, seran las encargadas de ejecutar y controlar el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas en la presente resolucion- y las que se desarrollen de conformidad con lo dispuesto en el articulo anterior en la Fiscalia General de la Nacion, salvo lo dispuesto en el titulo cuarto que sera responsabilidad del jefe de la dependencia correspondiente.

T I T U L O III DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD EN PARTICULAR CAPITULO I De la seguridad fisica a instalaciones

Articulo 7°

La Seccion de Seguridad y Soporte Logistico del Nivel Central y las Jefaturas Seccionales de Seguridad, en coordinacion con la Oficina de Bienestar de la institucion, la Aseguradora de Riesgos Profesionales y las Brigadas de Emergencia segun el caso, realizaran los siguientes estudios preventivos en cada una de las.instalaciones donde funcionan dependencias de la Fiscalia General de la Nacion: 1. Estudio de seguridad fisica.

  1. Analisis de vulnerabilidad fisica.

  2. Panorama de factores de riesgo.

  3. Plan de emergencia.

  4. Protocolos de contingencia.

Paragrafo 1°. Los estudios seran organizados en un archivo activo por sede objeto y deben ser socializados en reunion posterior del Comite Operativo de Emergencias que se encargara de difundir las recomendaciones.

Articulo 8° Todo inmueble que la Fiscalia General de la Nacion pretenda ocupar con la finalidad de prestar el servicio, sera sometido previamente a un estudio de seguridad a instalaciones por la Seccion Nacional de Seguridad y Soporte Logistico y las Jefaturas Seccionales de Seguridad del Cuerpo Tecnico de investigacion para determinar su grado de vulnerabilidad

El concepto que se desprenda de dicho estudio y sus recomendaciones deberan acatarse estrictamente.

Articulo 9° Los inmuebles habitados por el Fiscal y Vicefiscal General de la Nacion, los Directores Nacionales y Seccionales, seran objeto de estudio de seguridad fisica por parte de la Seccion de Seguridad y Soporte Logistico del Nivel Central y Jefaturas Seccionales de Seguridad, segun el caso, con el fin de detectar vulnerabilidades y emitir las correspondientes recomendaciones de seguridad.
Articulo 10 Los estudios preventivos señalados en los articulos anteriores, seran solicitados unicamente por el Fiscal y Vicefiscal General de la Nacion, los Directores Nacionales y Seccionales, segun el caso.
Articulo 11 En las diferentes sedes de la Fiscalia General de la Nacion se observaran las siguientes medidas preventivas y de seguridad: a 1

Los servidores de la Fiscalia portaran su carne institucional a la vista y acataran las medidas de seguridad y...

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