Resolución número 0906 de 2012, por la cual se establecen fechas para la apertura y cierre de postulaciones del subsidio familiar de vivienda para áreas urbanas en especie a los hogares que tengan como miembros a deportistas y entrenadores medallistas - 10 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 410733830

Resolución número 0906 de 2012, por la cual se establecen fechas para la apertura y cierre de postulaciones del subsidio familiar de vivienda para áreas urbanas en especie a los hogares que tengan como miembros a deportistas y entrenadores medallistas

EmisorVarios
Número de Boletín48640

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3º y en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 555 de 2003 y el artículo 12 de la Ley 1537 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda dictar los Actos Administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 555 de 2003;

Que el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) es una entidad adscrita al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto número 3571 de 2011, y que el artículo 36 del mencionado decreto, manifiesta que el Fondo continuará rigiéndose por lo establecido en el Decreto-ley 555 del 2003, y la normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan;

Que el Decreto número 1772 del 23 de agosto 2012 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio publicado en el Diario Oficial número 48.531 del 23 de agosto de 2012, "establece como criterio de focalización para acceso al subsidio familiar de vivienda para áreas urbanas en especie a los hogares que tengan como miembros a deportistas y entrenadores medallistas que se encuentran en estado de vulnerabilidad y se dictan otras disposiciones";

Que de acuerdo al artículo 2º del Decreto número 1772 de 2012 del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, manifiesta que "podrá acceder al subsidio familiar de vivienda en especie para áreas urbanas de que trata el presente decreto, el hogar que cumpla con las siguientes condiciones":

a) Estar conformado por un miembro deportista y entrenador que en representación de la República de Colombia, hubiesen obtenido medallas en Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, Juegos Sordo-Olímpicos, eventos del ciclo olímpico y paralímpico y campeonatos mundiales, individualmente o por equipos;

b) Que la respectiva disciplina deportiva esté reconocida por el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento...

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