Resolución número 9 0816 de 2014, por la cual se establece el Ingreso al Productor de la gasolina motor corriente y del ACPM que regirán a partir del 1º de agosto de 2014 - 31 de Julio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 522592830

Resolución número 9 0816 de 2014, por la cual se establece el Ingreso al Productor de la gasolina motor corriente y del ACPM que regirán a partir del 1º de agosto de 2014

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín49229

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los Decretos números 381 de 2012, 1617 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 18 del artículo del Decreto número 381 de 2012, modificado por el artículo 1º del Decreto número 1617 de 2013, le corresponde al Ministerio de Minas y Energía definir precios y tarifas de la gasolina, diesel (ACPM), biocombustibles y mezclas de las anteriores.

Que por Resolución número 8 2438 del 23 de diciembre de 1998, modificada entre otras por las Resoluciones números 18 1549, 18 1336 y 18 1602, del 29 de noviembre de 2004, 30 de agosto de 2007, y del 30 de septiembre de 2011, respectivamente, se estableció la estructura de precios de la gasolina motor corriente mediante fórmulas y valores para calcular el Ingreso al Productor, Tarifa de Transporte de Combustibles por poliductos y los Márgenes de Distribución Mayorista y Minorista.

Que a través de la Resolución número 18 1088 del 23 de agosto de 2005, modificada por las Resoluciones números 18 0222, 18 1232 y 18 0825, del 27 de febrero de 2006, 30 de julio de 2008 y 27 de mayo de 2009, respectivamente, se definió la estructura de precios de la gasolina motor corriente oxigenada que se está utilizando en algunas zonas del país desde el mes de noviembre del año 2005.

Que mediante Resolución número 18 1602 de 2011, modificada por la Resolución número 18 1493 de 2012, se estableció el procedimiento para el cálculo del ingreso al productor de la gasolina motor corriente.

Que la Resolución número 18 1491 del 30 de agosto de 2012 definió el procedimiento para el cálculo del Ingreso al Productor del ACPM para uso en motores diésel.

Que la Dirección de Hidrocarburos analizó las proyecciones de precios de los combustibles para...

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