Resolución número 002533 de 2007, Por medio de la cual se inscribe en el Registro Sindical la organización sindical denominada: Sindicato de Promotores y Vendedores de Chance de la Empresa Sociedad Colombiana de Juegos y Apuestas, Sinprochancol, orden de archivo de la Comisión de Reclamos - 27 de Noviembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51635198

Resolución número 002533 de 2007, Por medio de la cual se inscribe en el Registro Sindical la organización sindical denominada: Sindicato de Promotores y Vendedores de Chance de la Empresa Sociedad Colombiana de Juegos y Apuestas, Sinprochancol, orden de archivo de la Comisión de Reclamos

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín46825

La suscrita Inspectora de Trabajo, adscrita al Grupo de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en ejercicio de las facultades legales, y las conferidas por la Resolucion numero 000951 del 28 de abril de 2003, CONSIDERANDO:

La organizacion sindical denominada: Sindicato de Promotores y Vendedores de Chance de la Empresa Sociedad Colombiana de Juegos y Apuestas, Sinprochancol, con domicilio principal en el municipio de Santiago de Cali, departamento del Valle del Cauca, solicito Registro Sindical segun acta de fundacion y constitucion de reunion de socios fundadores celebrada el dia 24 de agosto de 2007;

La documentacion se presento en la secretaria de la Coordinacion del Grupo de Trabajo, Empleo y Seguridad Social el dia 29 de agosto de 2007, radicado bajo el numero 081 EBO. Por Auto numero 009-07-EBQ-GTESS se hicieron unas observaciones, las correcciones fueron acreditadas el dia 28 de septiembre de 2007;

Hecho el analisis respectivo del expediente conforme a lo dispuesto en el articulo 365 del Trabajo, modificado por el articulo 45 de la Ley 50 de 1990 y la Resolucion numero 1651 del 24 de mayo de 2007, se encuentra que la documentacion esta completa, que la eleccion de la junta directiva se hizo conforme a lo establecido en el articulo 391 del Codigo Sustantivo del Trabajo, modificado por el articulo 54 de la Ley 50 de 1990 y que los estatutos de la organizacion no son contrarios a la Constitucion Nacional, las leyes o las buenas costumbres y no contravienen disposiciones especiales del mencionado codigo y por lo tanto, el despacho accede a la peticion de la organizacion sindical;

En merito de lo antes expuesto este despacho RESUELVE:

Articulo 1° Inscribir en el Registro Sindical

El acta de fundacion y Constitucion del 24 de agosto de 2007, de la...

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