Ley 1334 de 2009, por medio de la cual se derogan las Leyes 178 de 1959, por la cual se provee a la financiación de las Centrales Eléctricas del Cauca, 'Cedelca' y la Ley 980 de 2005, por la cual se modifica el artículo 13 de la Ley 178 de 1959 y se dictan otras disposiciones.
Emisor | Rama Legislativa |
Número de Boletín | 47417 |
El Congreso de Colombia DECRETA:
El Presidente del honorable Senado de la Republica, Hernan Francisco Andrade Serrano.
El Congreso de Colombia DECRETA:
El objeto de la presente ley es contribuir a garantizar los derechos a la salud de los habitantes del territorio nacional, especialmente la de los menores de 18 años de edad y la poblacion no fumadora, regulando el consumo, venta, publicidad y promocion de los cigarrillos, tabaco y sus derivados, asi como la creacion de programas de salud y educacion tendientes a contribuir a la disminucion de su consumo, abandono de la dependencia del tabaco del fumador y se establecen las sanciones correspondientes a quienes contravengan las disposiciones de esta ley.
Se prohibe a toda persona natural o juridica la venta, directa e indirecta, de productos de tabaco y sus derivados, en cualquiera de sus presentaciones, a menores de dieciocho (18) años. En caso de duda, soliciten que cada comprador de tabaco demuestre que ha alcanzado la mayoria de edad.
Paragrafo 1°. Es obligacion de los vendedores y expendedores de productos de tabaco y sus derivados...
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