PROYECTO DE RESOLUCIÓN, por la cual se modifican el artículo 1°y el anexo de la Resolución CREG 065 de 2015. - 28 de Julio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 690829193

PROYECTO DE RESOLUCIÓN, por la cual se modifican el artículo 1°y el anexo de la Resolución CREG 065 de 2015.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín50308

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1523, 2253 de 1994, 2100 de 2011 compilado por el Decreto 1073 de 2015 y 1260 de 2013, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo establecido en el literal a) del numeral 74.1 del artículo 74 de la Ley 142 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), regular el ejercicio de las actividades de los sectores de energía eléctrica y gas combustible para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, propiciar la competencia en el sector de minas y energía, proponer la adopción de las medidas necesarias para impedir abusos de posición dominante y buscar la liberación gradual de los mercados hacia la libre competencia.

Mediante la Resolución CREG 089 de 2013, y otras que la han modificado y complementado, la CREG reglamentó aspectos comerciales del mercado mayorista de gas natural que hacen parte del reglamento de operación de gas natural. La resolución mencionada contiene el conjunto de disposiciones aplicables a las negociaciones del suministro y del transporte de gas natural utilizado efectivamente como combustible que se realicen en el mercado primario y en el mercado secundario.

Mediante la Resolución CREG 136 de 2014 la Comisión profirió la regulación mediante la cual reglamentan aspectos comerciales aplicables a la compraventa de gas natural mediante contratos firmes bimestrales en el mercado mayorista de gas natural, como parte del reglamento de operación de gas natural.

A partir de las disposiciones contenidas en las resoluciones CREG 089 de 2013 y 136 de 2014, le corresponde a la CREG definir los mecanismos de cobertura para las subastas de contratos firmes bimestrales, de contratos de largo plazo y para las subastas de capacidad de transporte en los procesos de úselo o véndalo de largo plazo.

Mediante la Resolución CREG 163 de 2014 se definieron los criterios para la constitución de los instrumentos fiduciarios a cargo del gestor del mercado de gas natural con el objeto de administrar los mecanismos de cobertura del mercado. Entre ellos se estableció que el gestor del mercado constituirá un fideicomiso o patrimonio autónomo individual con el objeto exclusivo de administrar los mecanismos de cubrimiento para participar en las subastas de gas natural, y de cumplimiento de contratos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Resolución CREG 089 de 2013 o en aquellas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.

Mediante la Resolución CREG 015 de 2015, esta Comisión puso en consulta un proyecto de resolución sobre las disposiciones generales que regirían los mecanismos de cobertura en las subastas de contratos firmes bimestrales y de largo plazo y en las subastas de capacidad de transporte en los procesos úselo o véndalo de largo plazo, previamente impuestas en las resoluciones CREG 089 y 124 de 2013. Recibidos los comentarios hechos por los diferentes participantes del mercado, los cuales se respondieron en el Documento CREG 041 de 2015, la CREG expidió la Resolución CREG 065 de 2015 mediante la cual se aprobaron las disposiciones generales mencionadas.

Mediante la Resolución CREG 094 de 2016, esta Comisión ordenó hacer público un proyecto de resolución de carácter general en el que se ajustan algunos aspectos de la Resolución CREG 089 de 2013, entre ellos, las modalidades disponibles de contratos y los mecanismos de comercialización de suministro de gas natural en el mercado primario. El proyecto propuso además, que la comercialización de contratos de un año se realizase mediante subastas y que los compradores de gas natural que hagan parte de la demanda regulada tengan la opción de reservar gas. Adicionalmente, el proyecto de resolución compila las modificaciones hechas a la Resolución CREG 089 de 2013 mediante resoluciones CREG desde su expedición y hasta la fecha de expedición de la resolución compilatoria.

La Resolución en consulta CREG 094 de 2016 propone las modalidades de contratos de suministro C1 y C2, los cuales son comercializados mediante subastas, y presenta una opción de reserva de gas para la demanda regulada, por lo que esta Comisión encuentra necesario poner a consulta los ajustes pertinentes a la Resolución CREG 065 de 2015, la cual establece los mecanismos de cobertura asociados a las negociaciones mediante subastas de contratos firmes.

RESUELVE:

Artículo 1° Modifíquese el artículo 1° de la Resolución CREG 065 de 2015

El artículo 1° de la Resolución CREG 065 de 2015 quedará así:

"Artículo 1°. Objeto. El objeto de la presente Resolución consiste en dictar las disposiciones generales que regirán los mecanismos de cobertura en i) las subastas de gas de contratos firmes bimestrales, ii) las subastas de gas natural de contratos de suministro C1 y C2, iii) la comercialización de gas mediante reserva de contratos de suministro firme de un (1) año, y iv) las subastas...

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