SUPERINTENDENCIAS Superintendencia de Puertos y Transporte Reglamento número 0001 de 2010, por el cual se aprueba y adopta el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Personal de la Superintendencia de Puertos y Transporte, Supertransporte. - 27 de Julio de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 214706651

SUPERINTENDENCIAS Superintendencia de Puertos y Transporte Reglamento número 0001 de 2010, por el cual se aprueba y adopta el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Personal de la Superintendencia de Puertos y Transporte, Supertransporte.

EmisorSuperintendencias
Número de Boletín47783

reglAmentos Reglamento de Funcionamiento de la Comision de Personal de la Superintendencia de Puertos y Transporte REGLAMENTO NUMERO 0001 DE 2010 La Comision de Personal de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley 1ª de 1991 y Decreto 1016 de 2000, Ley 909 de 2004, Codigo Contencioso Administrativo, Codigo de Procedimiento Civil, los Conceptos de la Comision Nacional del Servicio Civil numeros 020928 del 26 de octubre de 2007, 016459 del 26 de agosto de 2009, 016457 del 26 de agosto de 2009, el Oficio 017120 del 3 de septiembre de 2009 y el paragrafo del articulo 1° del Decreto Reglamentario 1228 de 2005, y CONSIDERANDO:

Que la Ley 1ª de 1991, el Decreto 1016 de fecha 16 de junio de 2000 en su Capitulo IV, articulo 16, dispuso que la Comision de Personal de la Superintendencia de Puertos y Transporte es un Organismo de Asesoria y Coordinacion.

Que la Ley 909 del 23 de septiembre de 2004 en desarrollo del articulo 130 de la Constitucion Politica de Colombia, consagra varias disposiciones relacionadas con las Comisiones de Personal y el paragrafo del articulo 1° del Decreto Reglamentario 1228 de 2005, asigna a las Comisiones de Personal la adopcion de su Reglamento de Funcionamiento.

En virtud de lo anterior, RESUELVE:

ADOPCION DEL REGLAMENTO Adoptar el siguiente Reglamento Interno de la Comision de Personal de la Superintendencia de Puertos y Transporte CAPITULO I Objeto, Naturaleza, Finalidad, Funciones, Principios y Sede

Articulo 1° Objeto

Establecer el Reglamento de Funcionamiento de la Comision de Personal, el cual determina las acciones necesarias para su funcionamiento, procurando que se apliquen correctamente las normas sobre administracion de personal y se garanticen los derechos a los empleados dentro del marco juridico establecido por la Constitucion, la ley, reglamentos y demas que se expidan para los empleados publicos de carrera administrativa.

Articulo 2° Naturaleza

La Comision de Personal de la Superintendencia de Puertos y Transporte es un organo de creacion legal encargado de velar por la debida aplicacion de las normas que regulan el empleo publico, la carrera administrativa y las demas atribuciones que le sean asignadas por la ley o sus Reglamentos.

Articulo 3° Finalidad

El presente Reglamento tiene como finalidad que la Comision de Personal cumpla las funciones establecidas en las normas legales vigentes que le han sido asignadas y las que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

Articulo 4º Funciones

La Comision de Personal cumplira las siguientes funciones: a) Velar porque los procesos de seleccion para la provision de empleos y de evaluacion del desempeño se realicen conforme con lo establecido en las normas y procedimientos legales y reglamentarios y con los lineamientos señalados por la Comision Nacional del Servicio Civil. Las citadas atribuciones se llevaran a cabo sin perjuicio de las facultades de la Comision Nacional del Servicio Civil. Para el efecto, la Comision de Personal debera elaborar los informes y atender las solicitudes que aquella requiera;

  1. Resolver las reclamaciones que en materia de procesos de seleccion, evaluacion del desempeño y encargo les sean atribuidas por el procedimiento especial;

  2. Solicitar a la Comision Nacional del Servicio Civil la exclusion de la lista de elegibles a las personas que hubieren sido incluidas sin reunir los requisitos exigidos en las respectivas convocatorias o con violacion de las leyes o reglamentos que regulan la carrera administrativa. En el caso de no atenderse la solicitud, deberan informar de esta situacion a la Comision Nacional del Servicio Civil para que adopte las medidas pertinentes;

  3. Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que formulen los empleados de carrera que hayan optado por el derecho preferencial a ser vinculados, cuando se les supriman sus empleos, por considerar que han sido vulnerados sus derechos;

  4. Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que presenten los empleados por los efectos de las incorporaciones a las nuevas Plantas de Personal de la entidad o por desmejoramiento de sus condiciones laborales o por los encargos;

  5. Velar porque los empleos se provean en el orden de prioridad establecido en las normas legales y porque las listas de elegibles sean utilizadas dentro de los principios de economia, celeridad y eficacia de la funcion administrativa;

  6. Velar para que en los procesos de seleccion se cumplan los principios y reglas previstas en la ley;

  7. Participar en la elaboracion del plan anual de formacion, capacitacion, bienestar social y de estimulos e incentivos y en su seguimiento;

  8. Proponer en la respectiva entidad la formulacion de programas para el diagnostico y medicion del clima organizacional;

  9. Las demas funciones que le sean...

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