Acuerdo número 014 de 2013, por el cual se reglamenta el Modelo de Pérdida Esperada de la cartera de crédito educativo del Icetex - 4 de Julio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 446977478

Acuerdo número 014 de 2013, por el cual se reglamenta el Modelo de Pérdida Esperada de la cartera de crédito educativo del Icetex

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios en el Exterior
Número de Boletín48841

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex), en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confieren la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, el numeral 1 del artículo 90 del Decreto número 1050 del 6 de abril de 2006, el Acuerdo número 013 del 24 de febrero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, transformó al Icetex, en una entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio vinculada al Ministerio Nacional;

Que los numerales 1 y 4, respectivamente del artículo 9o del Decreto número 1050 del 6 de abril de 2006, establecen que es función de la Junta Directiva formular la política general, los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal del Icetex, de sus funciones y operaciones autorizadas, acorde con lo dispuesto por la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005 y expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones del Icetex;

Que el Decreto número 2555 de 2010 por medio del cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores, en el Libro 7, Título 1, artículo 10.7.1.1.3 establece "la Superintendencia Financiera de Colombia vigilará la adecuada administración de los riesgos por parte del Icetex en sus operaciones financieras autorizadas, con sujeción a las reglas aplicables a dicha materia, sin perjuicio de que el Icetex, en cumplimiento de las mismas, presente a consideración modelos propios que se ajusten a la naturaleza especial de su actividad financiera";

Que la Circular Básica Contable número 100 de 1995, expedida por la Superintendencia Financiera, el Capítulo XXI dispone que a la Junta Directiva le corresponde indelegablemente adoptar las decisiones relativas a la adecuada organización de la administración del riesgo;

Que mediante el Acuerdo número 027 del 7 de noviembre de 2012, se modificaron las provisiones de cartera individuales o específicas, se determinó un esquema propio de asignación de porcentajes de provisiones para las líneas de crédito educativo en la modalidad Acces y Mediano Plazo;

Que la Oficina de Riesgo del Icetex, realizó el estudio técnico de fecha 24 de mayo de 2013, relacionado con la metodología del modelo de provisiones de la cartera de crédito de fomento educativo del Icetex, que incluye la variable de pérdida esperada y los principales objetivos de la aplicación del Modelo como son, la identificación estadística del riesgo para las modalidades Acces, Pregrado, Mediano Plazo y Posgrados, el fortalecimiento de

la gestión de Riesgo de Crédito y la estimación de las provisiones de cartera, acorde con el perfil de riesgo de cada una de las modalidades y otros aspectos referentes al Modelo;

Que la Oficina de Riesgo del Icetex, presentó el Modelo de Pérdida Esperada en el Comité Financiero y de Inversiones, en sesión del 15 de mayo de 2013, el cual fue aprobado por unanimidad por los miembros del comité;

Que en la sesión de Junta Directiva Virtual llevada a cabo los días 17 y 18 de junio de 2013, se aprobó el Modelo de Provisiones del Icetex, presentado a consideración por el Jefe de la Oficina de Riesgo;

En virtud de lo anterior,

ACUERDA:

Artículo 1º Modelo Interno de Pérdida Esperada del Icetex.

Adoptar el Modelo Interno de Pérdida Esperada (PE), de la cartera de crédito de fomento educativo del Icetex, el cual se realiza a partir del análisis interno del comportamiento histórico de pagos de los usuarios del Icetex, información sociodemográfica y características del crédito, con esta información se construyen los Modelos Estadísticos de Probabilidad de Incumplimiento (PI), y Modelos Estadísticos de Pérdida (PDI), dado el incumplimiento para el Cálculo de la Pérdida Esperada (PE).

Este Modelo permite el cálculo de la Pérdida Esperada (PE), con lo cual se obtiene un nivel de provisiones acorde con el riesgo de crédito asociado a las características inherentes al portafolio de cartera del Icetex.

Artículo 2º Componentes para el cálculo de la pérdida esperada.

El Modelo Interno de Pérdida Esperada, para el cálculo de provisiones está compuesto por:

· Probabilidad de Incumplimiento (PI). Esta se basa en un modelo estadístico, donde se obtiene la probabilidad de caer en Default, se calcula con base en el Score otorgado en el modelo desarrollado.

· Saldo expuesto: El saldo expuesto es el saldo de...

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