Auto inicio actuación administrativa de 2014, por medio del cual se inicia una Actuación Administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 180-10114 matriz y todos los folios que de este se han segregado. Expediente número 001-AA-2014 - 16 de Mayo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 511261094

Auto inicio actuación administrativa de 2014, por medio del cual se inicia una Actuación Administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 180-10114 matriz y todos los folios que de este se han segregado. Expediente número 001-AA-2014

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Quibdó, Chocó
Número de Boletín49153

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Quibdó, Chocó, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos - Ley 1579 de 2012 artículos , , 48, 49, 54 y 59, el Código de Procedimiento y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) artículos 35, 40, 67, 68, 69 y 75, Decreto número 2163 de 2011 artículo 30, previo los siguientes:

  1. CONSIDERANDOS

DISPONE:

Primero. Iniciar la Actuación Administrativa, tendiente a definir la verdadera y real situación jurídica del predio rural denominado "Lote de Terreno Diana" ubicado en la Vereda Sapzurro del municipio de Acandí con un área de 160 ha, que se encuentra inscrito dentro del círculo registral de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Quibdó, departamento del Chocó identificado con el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 180-10114, y todos los folios de este segregados derivados del 180-10114: 180-10360, 180-10359 180-20541, 180-22793, 180-23070, 180-23071, 180-23072, 180-23073, 18023074, 180- 25091, 180-25092, 180-25093, 180-25904, 180-25279, 180-10443,180-10444, 180-10445, 180-10446, 180-10447, 180-10448, 180-10449, 180-10450, 180-10451, 180-10452, 180-10453, 180-10454, 180-10455, 180-10456, 180-10457, 180-10458, 180-10459, 180-10460, 180-10461, 180-10462, 180-10463, 180-10464, 180-10465, 180-10466, 180-10467, 180-10468, 180-10469, 180-13390, 180-13399, 180-13391, 180-13392, 180-33799, 180-33800, 180-33801, 180-33802, 180-33803, 180-33804, 180-33805, 180-33806, 180-33807, 180-33891, 180-33892.

Segundo. Notificar personalmente el contenido del presente auto a los señores José Fernando Armenta Fuentes, Barragán Navas Milagros, Laguna Navas Jorge, Laguna Navas Carlos, Montero Laguna Carlos Montero, Laguna Belkis y Montero Laguna Mayte, Fernando Plata Salazar, Nancy Constanza Serrano Vanegas, Claudia Liliana Mariño Plata, Rafael Gómez Rocha, Zoila Piedrahíta de Vergara, Alagi Cía. S. en C., Incolcer Ltda., Inversiones Narcisa Navas Ltda., Christian Trierenberg, Claudia Marcela Rodríguez Díaz, Cano A y Cía. S.C.A., Inversiones Colbufalos, Carlos Fernando Londoño Botero, de no ser posible la notificación personal, esta se surtirá por aviso, tal como se estípula en los artículos 68 y 69 del Código de Procedimiento y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).

Tercero. Citar como indeterminados a todas aquellas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR